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PRIMERO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSION GNCAR DE BELLA ASUNTA VALDIVIA CARDONA , representado por Bella Asunta Valdivia Cardona con Cédula de Identidad No. 6472415 Cochabamba, la OPERACION de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la Av. Bolivia esquina Boquerón de la ciudad de Yacuiba del Departamento de Tarija.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la empresa TALLER DE CONVERSION CERRO GAZ , la Licencia de Operación de un taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en el domicilio antes señalado.
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Disponer la INSCRIPCION de la empresa unipersonal VIURE BE, representada legalmente por JUAN CARLOS FERNANDEZ VILLARROEL, en la CATEGORÍA COMERCIAL, en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL:
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PRIMERO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSION FRANZ - GAS , representada por Roxana Mollinedo Castro con Cédula de Identidad No. 4954665 La Paz, la OPERACION de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la calle B y calle 3 de la zona de Pacajes de la ciudad de El Alto.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la empresa TALLER DE CONVERSION FRANZ - GAS , la Licencia de Operación de un taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en el domicilio antes señalado.
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Disponer la INSCRIPCION de la empresa unipersonal EMPRESA DE SERVICIOS EN GAS NATURAL Y CALEFONES CAMILA , representada legalmente por ISABEL ANTIÑAPA YUGRA, en la CATEGORÍA DOMÉSTICA, en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL:
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Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio Lubrican S.R.L., contra la Resolución Administrativa ANH No.0696/2011 de 7 de junio de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172.
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Disponer la INSCRIPCION de la empresa unipersonal AZURDUY PETROL en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la ANH. en la CATEGORÍA DOMÉSTICA, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL:
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Disponer la INSCRIPCION de la empresa unipersonal S.N.ES.T. GAS INSTALACION DE GAS en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la ANH en la CATEGORÍA DOMESTICA, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL:
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Disponer la INSCRIPCION de la empresa unipersonal MACHICADO GAE en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la ANH en la CATEGORÍA DOMESTICA, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL:
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Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa International Petroleum Services Corp S.R.L. IPSEC S.R.L, contra la Resolución Administrativa ANH No. 0509/2011 de 25 de abril de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172.
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Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio de Combustibles Líquidos Jaimes Freyre, contra la Resolución Administrativa ANH No. 0711/2011 de 10 de junio de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del art. 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante D.S. 27172.
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Aprobar desde el punto de vista estrictamente técnico y consecuentemente autorizar a la empresa ORO NEGRO S.A., la construcción del proyecto denominado Línea Ramal entre Línea Ramal La Peña de YPFB Transporte y Refinería Oro Negro S.A. , con una Longitud de 497 metros y un diámetro nominal de 2 pulgadas con las siguientes características técnicas:
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Declarar la incompetencia por razón de la materia para conocer el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio la Pascana, contra el Acto Administrativo de Clausura N° 05047 de 2 de julio de 2011, emitido por la Gerencia Distrital Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales, debiendo remitirse las actuaciones a ésta Gerencia Distrital por ser la autoridad competente para conocer y resolver el recurso en cuestión, todo de conformidad a lo establecido por el artículo 5 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172.
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Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Planta de Almacenaje de Combustibles Líquidos Gravetal Bolivia S.A. (Gravetal), contra la Resolución Administrativa ANH No. 0976/2011 de 19 de julio de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del art. 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante D.S. 27172.
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Desestimar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio de Combustibles Líquidos Jaimes Freyre, contra el Auto de 19 de julio de 2011, debiendo la Agencia continuar con el procedimiento administrativo iniciado conforme a ley.
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Disponer la RECATEGORIZACION de la empresa MULTIEMPRESA MERCURIO, en la CATEGORÍA COMERCIAL en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: GONZALO JORGE CACERES ROSSEL TÉCNICO PROYECTOS I
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Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio Mendoza, contra la Resolución Administrativa ANH DJ No.0896/2011 de 13 de julio de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172.
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Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Distribuidora de Gas Licuado de Petróleo Sigma Ltda, contra la Resolución Administrativa ANH No.1247/2011 de 26 de agosto de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172.
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Disponer la INSCRIPCI6N de la Empresa BRENNTAG BOLIVIA S.R.L., en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia
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Aceptar el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa YPFB Transporte S.A., contra la Resolución Administrativa ANH No. 0645/2010 de 7 de julio de 2010, revocando parcialmente el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso b), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172. En consecuencia, se aprueba como parte del presupuesto ejecutado 2005, los siguientes montos:
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Aceptar el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa YPFB Transporte S.A., contra la Resolución Administrativa ANH No. 0644/2010 de 7 de julio de 2010, revocando parcialmente el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso b), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172. En consecuencia, se aprueba como parte del presupuesto ejecutado 2005, los siguientes montos:
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Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio San Carlos S.R.L., contra la Resolución Administrativa ANH No.1305/2011 de 2 de septiembre de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172.
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Autorizar expresamente el viaje en comisión, efectuada mediante Formulario de Solicitud de Pasajes y Viáticos Nº 002490, de fecha 30 de noviembre de 2011, correspondiente a María Dolores Alandia Soto, Abogada, para realizar capacitación Taller de Capacitación Básica Ley Nº 100 y Procedimiento Penal, relevamiento de datos de procesos penales, en Sucre y Potosí, fecha de salida 08 de diciembre de 2011 y fecha de retorno 10 de diciembre de 2011.
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Autorizar expresamente el viaje en comisión, efectuada mediante Formulario de Solicitud de Pasajes y Viáticos Nº 002491, de fecha 30 de noviembre de 2011, correspondiente a Lorna Sofía Cartagena Lagrava, Abogada, para realizar capacitación de la Ley Nº 100, Procedimiento Penal y Transparencia, en Sucre y Potosí, fecha de salida 08 de diciembre de 2011 y fecha de retorno 10 de diciembre de 2011.
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Aceptar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio Sabaya, revocando en su integridad la Resolución Administrativa ANH No. 1142/2010 de 21 de octubre de 2010, de conformidad a lo establecido por el inciso b), parágrafo II del art. 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante D.S. 27172.
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Disponer la INSCRIPCION de la Empresa I.G.V. INSTALACIONES DE GAS VASQUEZ, en la Categoría Comercial en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: LUIS WINSOR TITICHOCA GUZMAN TÉCNICO DE PROYECTOS I
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Desestimar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio La Gotera S.R.L., por silencio administrativo negativo contra el Auto de Intimación de 4 de marzo de 2011, de conformidad a lo dispuesto por el inciso a) del parágrafo II del artículo 89 del D.S. 27172, por no cumplir con los requisitos esenciales establecidos por ley para su viabilización y consideración, debiendo la Agencia continuar con el procedimiento administrativo iniciado conforme a ley.
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Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Empresa Tarijeña del Gas (Emtagas), contra la Resolución Administrativa ANH No. 1406/2011 de 23 de septiembre de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del art. 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante D.S. 27172.
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Disponer la INSCRIPCION de la Empresa JUMI, en la Categoría Doméstica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: FELIX WILFREDO TEJERINA PACHECO TÉCNICO DE PROYECTOS I
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Disponer la INSCRIPCION de la Empresa PRIMERO GAS, en la Categoría Doméstica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: JULIO OSCAR CLAROS FLORES TÉCNICO DE PROYECTOS I
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Aceptar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio Paragua Z&Z Ltda, revocando en su integridad la Resolución Administrativa ANH No. 1338/2011 de 6 de septiembre de 2011, de conformidad a lo establecido por el inciso b), parágrafo II del art. 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante D.S. 27172.
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Disponer la RECATEGORIZACION de la empresa MULTIEMPRESA MERCURIO, en la CATEGORÍA COMERCIAL en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: GONZALO JORGE CACERES ROSSEL TÉCNICO PROYECTOS I
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Disponer la INSCRIPCION de la Empresa JESTERGAS, en la Categoría Doméstica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: ROLANDO QUISPE MAMANI TÉCNICO DE PROYECTOS II
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Disponer la RECATEGORIZACION de la Empresa INSTALACIONES RFB, en la Categoría Comercial en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: ROGER MARCO ZEBALLOS FERNANDEZ TÉCNICO PROYECTOS I Y II
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ARTÍCULO Fijar la tasa de Regulación, Control y Supervisión a ser pagada por las personas individuales y colectivas, nacionales y extranjeras que realicen las actividades de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, Refinación y Distribución de Gas Natural por Redes para la gestión 2012, en un monto igual al uno por ciento (1%) del valor bruto obtenido de las tarifas de Transporte, del valor de las ventas brutas de las Refinerías y del valor de las ventas brutas de los Distribuidores de Gas Natural por Redes.
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PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa MAXAM FANEXA S.A.M., en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.
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Desestimar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio de Combustibles Líquidos Yupanqui, contra la Resolución Administrativa ANH No. DJ 0154/2012 de 2 de febrero de 2012, de conformidad a lo establecido por el artículo 87 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante D.S. 27172.
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
PRIMERO.- Aprobar la modificación presupuestaria intrainstitucional del monto total de Bs14.500.000,00 (Catorce millones quinientos mil 00/100 Bolivianos), para su posterior remisión y aprobación por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, conforme al artículo 29 de la Ley N° 2042, y los artículos 12 y 19 del Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, aprobado por Decreto Supremo N° 29881 de 07 de enero de 2009, según Anexo adjunto que forma parte inseparable de la presente Resolución Administrativa, a fin de cumplir con las necesidades emergentes de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
SEGUNDO.- Se encomienda a la Dirección de Administración y Finanzas realizar todas las gestiones necesarias para el registro y aprobación de la presente Resolución Administrativa ante el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en aplicación del artículo 19 del Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, aprobado por Decreto Supremo N° 29881 de 07 de enero de 2009.
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Disponer la INSCRIPCION de la Empresa CASTON INGENIERIA Y PROYECTOS , en la CATEGORÍA COMERCIAL en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: ALBERTO PACHECO COLUMBA TÉCNICO DE PROYECTOS I
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Aprobar y autorizar el Fondo Rotativo para la oficina central de la ciudad de La Paz de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, en la suma de Bs. 300.000.- (TRESCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo a las partidas asignadas por el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa SIGMA, cuyo manejo de fondos será administrado por Tesorería y fiscalizado por la Dirección de Administración de Finanzas.
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Disponer la INSCRIPCION de la Empresa ALIBABA MANATU , en la CATEGORÍA COMERCIAL en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: SILVANO MAMANI FLORES TÉCNICO DE PROYECTOS I
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Disponer la INSCRIPCION de la Empresa RAZON GAS , en la CATEGORÍA DOMESTICA en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: RODOLFO CAMACHO AGUILA TÉCNICO DE PROYECTOS II
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Disponer la INSCRIPCION de la Empresa AURORA DE GAS , en la CATEGORÍA COMERCIAL en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: JUAN TOMAS PACHECO LOPEZ TÉCNICO DE PROYECTOS I
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Delegar al Ing. Northon Nilton Torréz Vargas, en su calidad de Director Técnico los siguientes trámites administrativos:
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PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa CENTRO COMUNITARIO DE NEGOCIOS FORESTALES GUARAYOS LTDA, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.
TERCERO.- Conforme al inciso d) del artículo 90 de la Ley de Hidrocarburos No. 3058 de 17 de mayo de 2005, la empresa deberá presentar el Formulario Único de Seguimiento a participación accionaría y Fusiones en el Sector de Hidrocarburos de acuerdo al anexo I de la Resolución Administrativa SSDH No. 0775/2005 de 20 de junio de 2005.
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Autorizar la Suspensión de Actividades a la Estación de Servicio NELLY ubicada en la Carretera Cochabamba, Sacaba Km. 10 de la Localidad de Sacaba del Departamento de Cochabamba, solicitada por la señora Nelly Torrico Vda. de Orellana.
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Disponer la INSCRIPCION de la Empresa MONTAJE PETROLERO MOPETMAN S.R.L. , en la CATEGORÍA INDUSTRIAL en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado: CERTIFICADO DE SIB: RICARDO AGUIRRE DURAN INGENIERO (RNI 14070)
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Disponer la INSCRIPCION de la Empresa INSTALACION DE GAS FREDDY APAZA MORALES , en la CATEGORÍA DOMESTICA en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: FREDDY FELIX SIRPA CALLISAYA TÉCNICO DE PROYECTOS I
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Disponer la INSCRIPCION de la Empresa INFRATEC , en la CATEGORÍA COMERCIAL en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: JOSE MANUEL ZEPITA AREVILLCA TÉCNICO DE PROYECTOS I Y II
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Disponer la INSCRIPCION de la Empresa INGALS, en la CATEGORÍA DOMESTICA en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: RAMIRO ANAYA VALVERDE TÉCNICO DE PROYECTOS II
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Disponer la INSCRIPCION de la Empresa FLOY - PAYER - GAS , en la CATEGORÍA DOMESTICA en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: DEMETRIO MAMANI QUISBERT TÉCNICO DE PROYECTOS II
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