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Bolivia


Resultado de la busqueda "CODIGO DE COMERCIO"

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Publicado en edición: 1286NEC | Fecha de Publicación: 2020-06-30 | Clasificación (COVID-19) | Visitas: ( 4883 )

Decreto Supremo N° 4279

30 DE JUNIO DE 2020 .- El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, mediante Resolución Ministerial, establecerá nuevos plazos para que las empresas comerciales, inscritas en el Registro de Comercio, cumplan con sus deberes y obligaciones comerciales y registrales, en el marco del Código de Comercio.

Publicado en edición: 1253NEC | Fecha de Publicación: 2020-03-31 | Clasificación (COVID-19) | Visitas: ( 5014 )

Decreto Supremo N° 4203

31 DE MARZO DE 2020 .- En el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria y cuarentena total contra el contagio y propagación del Coronavirus (COVID-19) y por razones de fuerza mayor, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural mediante Resolución Ministerial establecerá nuevos plazos para que las empresas comerciales, inscritas en el Registro de Comercio, cumplan con sus deberes y obligaciones comerciales y registrales en el marco del Código de Comercio .

Publicado en edición: 50NEC | Fecha de Publicación: 2009-08-04 | Visitas: ( 487 )

Ley N° 4060

16 DE JULIO DE 2009 .- Aprueba el aporte de participación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Boivianos YPFB en la sociedad YPFB GTLI S.A.M., mismo que alcanza a Bs. 480.000, monto suscrito y pagado conforme a lo dispuesto por el artículo 430 del Código de Comercio. Este aporte proviene de los recursos propios de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos.

Publicado en edición: 3051 | Fecha de Publicación: 2007-12-20 | Visitas: ( 348 )

Ley N° 3795

13 DE DICIEMBRE DE 2007 .- Aprueba el aporte de participación de la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE en la Sociedad de Economía Mixta que gira bajo la denominación de ENDE Andina Sociedad Anónima Mixta, cuya sigla es ENDE ANDINA S.A.M., mismo que alcanza a Bs. 240.000.- (Doscientos Cuarenta Mil 00/100 Bolivianos), monto suscrito y pagado conforme a lo dispuesto en el Artículo 430 del Código de Comercio.

Publicado en edición: 3014 | Fecha de Publicación: 2007-08-03 | Visitas: ( 272 )

Ley N° 3721

03 DE AGOSTO DE 2007 .- Aprueba el aporte de participación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB en la sociedad “YPFB – PETROANDINA S.A.M.” mismo que alcanza a Bs. 480.000.- ( Cuatrocientos Ochenta Mil 00/100 Bolivianos), monto suscrito y pagado conforme a lo dispuesto en el Artículo 430 del Código de Comercio. Este aporte proviene de los recursos propios de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos.

Publicado en edición: 2420 | Fecha de Publicación: 2002-08-05 | Clasificación Área Comercial | Visitas: ( 1858 )

Decreto Supremo N° 26733

30 DE JULIO DE 2002 .- Aclarar y precisar los alcances del Decreto Supremo N° 26215 y el Artículo 444 del Código de Comercio con relación a las atribuciones del Concesionario y el SENAREC sobre el servicio público de registro de comercio.

Publicado en edición: 1675 | Fecha de Publicación: 1990-12-29 | Visitas: ( 227 )

Decreto Supremo N° 22686

22 DE DICIEMBRE DE 1990 .- Ratifícase la calidad jurídica de sociedad anónima de la FABRICA NACIONAL DE CEMENTO S.A., FANCESA, con sede en la capital de la República, sujeta a los preceptos del Código de Comercio y disposiciones reglamentarias pertinentes de este cuerpo legal, así como la facultad legal de sus accionistas

Publicado en edición: 1628 | Fecha de Publicación: 1989-12-15 | Visitas: ( 186 )

Decreto Supremo N° 22379

04 DE DICIEMBRE DE 1989 .- Autorizase la formación de la Sociedad de Economía Mixta, integrada por la Cooperación Técnica del Gobierno de Suiza (COTESU), el Instituto Boliviano de Tecnología Agropecuaria (IBTA) y la Asociación de Servicios Artesanales y Rurales (ASAR), bajo la razón social de UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE SEMILLA DE PAPA - UPS - "SEPA" S.A.M. con domicilio legal en la ciudad de Cochabamba, sujeta a las previsiones de los Arts. 424 al 442 del Código de Comercio.

Publicado en edición: 1214 | Fecha de Publicación: 1980-06-04 | Visitas: ( 180 )

Decreto Supremo N° 18351

01 DE JUNIO DE 1981 .- Dispónese que la Sociedad Anónima Mixta HILANDERÍA SANTA CRUZ S.A.M.", es una persona de derecho privado de conformidad a lo establecido por D.L. 14379 que aprueba el Código de Comercio.

Publicado en edición: 1155 | Fecha de Publicación: 1980-10-03 | Visitas: ( 229 )

Decreto Ley N° 17627

30 DE SEPTIEMBRE DE 1980 .- Por última vez amplíase el plazo para que las personas naturales o jurídicas, adecúen su estructura al Código de Comercio, hasta 31—XII—80.

Publicado en edición: 1102 | Fecha de Publicación: 1980-01-04 | Clasificación Área Comercial | Visitas: ( 257 )

Decreto Supremo N° 17170

04 DE ENERO DE 1980 .- Por última vez amplíase el plazo para que las personas naturales y jurídicas comprendidas en las prescripciones del Código de Comercio con existencia anterior a la vigencia de dicho cuerpo de leyes, adecúen su estructora a sus disposiciones y obtengan matricula que los habilite para el ejercicio legal de su actividad hasta el 30 de junio de 1980.

Publicado en edición: 1040 | Fecha de Publicación: 1979-02-12 | Clasificación Área Comercial | Visitas: ( 432 )

Decreto Ley N° 16173

09 DE FEBRERO DE 1979 .- Las funciones y atribuciones asignadas por el Código de Comercio al Registro de Comercio así como las asignadas a la Dirección de Sociedades por Acciones, serán cumplidas y ejercidas por la DIRECCIÓN DEL REGISTRO DE COMERCIO Y SOCIEDADES POR ACCIONES.

Publicado en edición: 1035 | Fecha de Publicación: 1979-01-11 | Visitas: ( 193 )

Decreto Ley N° 16097

11 DE ENERO DE 1979 .- Sin modificarse al Art. 1° del D.L. 15914, se faculta a las Direcciones del "Registro de Comercio" y "Sociedades por Acciones" a tramitar las solicitudes de adecuación de las sociedades reguladas por el Código de Comercio, así como conceder las matrículas que habiliten el ejercicio legal del Comercio a quienes en sus diferentes órdenes ejercen la actividad comercial.

Publicado en edición: 1024 | Fecha de Publicación: 1978-10-27 | Visitas: ( 170 )

Decreto Ley N° 15914

27 DE OCTUBRE DE 1978 .- Sin modificarse el Art. 1° del D.L. 15756, se faculta a la Dirección del Registro de Comercio a recibir las solicitudes de adecuación de las sociedades reguladas por el Código de Comercio, hasta el 29-XII-78, en todo el territorio de la República.

Publicado en edición: 1013 | Fecha de Publicación: 1978-08-29 | Visitas: ( 198 )

Decreto Supremo N° 15756

22 DE AGOSTO DE 1978 .- Prorrógase hasta el 29-XII-78, el plazo otorgado por D. S. 15560 para que las Sociedades reguladas por el Código de Comercio adecúen su organización y funcionamiento a las normas establecidas por dicho Código.

Publicado en edición: 997 | Fecha de Publicación: 1978-06-22 | Visitas: ( 209 )

Decreto Supremo N° 15560

20 DE JUNIO DE 1978 .- Amplíase el plazo señalado por el Art. 2° transitorio del D.S. Nº 15195 de 20-XII-77 y D.S. Nº 15347 de 7-III-78, en sesenta días más a partir del 1°-VII-78, a fin de que en ese lapso las sociedades de comercio del país adecuen su funcionamiento a las prescripciones del Código de Comercio vigente en el territorio de la República.

Publicado en edición: 936 | Fecha de Publicación: 1977-08-09 | Visitas: ( 422 )

Decreto Supremo N° 14807

09 DE AGOSTO DE 1977 .- Postérgase la vigencia del Código de Comercio aprobado y promulgado por D.L. 14379, hasta del 1°—I-78

Publicado en edición: 907 | Fecha de Publicación: 1977-03-01 | Clasificación Conciliación y Arbitraje | Visitas: ( 5948 )

Decreto Ley N° 14379

25 DE FEBRERO DE 1977 .- Apruébase y promúlgase como Ley de la República el Código de Comercio en su Título Preliminar y sus cuatro libros con 1.693 Artículos y cinco disposiciones transitorias.

Publicado en edición: 626 | Fecha de Publicación: 1972-08-26 | Clasificación Área Comercial | Visitas: ( 3454 )

Decreto Supremo N° 10426

23 DE AGOSTO DE 1972 .- Promulga y aprueba como, Leyes de la República, el "CODIGO DE FAMILIA", "CODIGO DE COMERCIO", "CODIGO PENAL" Y "CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL".


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