Resultado de la busqueda "codigo"
Publicado en edición: 1159 | Fecha de Publicación: 1980-10-21 | Visitas: ( 225 )
Decreto Supremo N° 17684
07 DE OCTUBRE DE 1980 .- Créase la "COMISIÓN PERMANENTE DEL HORMIGÓN ARMADO destinada al estudio y actualización del CÓDIGO BOLIVIANO DEL HORMIGON ARMADO.
Publicado en edición: 1155 | Fecha de Publicación: 1980-10-03 | Visitas: ( 222 )
Decreto Ley N° 17627
30 DE SEPTIEMBRE DE 1980 .- Por última vez amplíase el plazo para que las personas naturales o jurídicas, adecúen su estructura al Código de Comercio, hasta 31—XII—80.
Publicado en edición: 1153 | Fecha de Publicación: 1980-09-24 | Visitas: ( 320 )
Decreto Ley N° 17607
17 DE SEPTIEMBRE DE 1980 .- Mantiénese la vigencia de la Constitución Política del Estado de 2 de febrero de 1967 y Ratifícase la vigencia de los diferentes Códigos promulgados en las fechas que se indica.
Publicado en edición: 1140 | Fecha de Publicación: 1980-07-11 | Visitas: ( 190 )
Decreto Supremo N° 17493
26 DE JUNIO DE 1980 .- Modifícase el Art. 10 del D.S. Nº 17304 de 24-III—80, ampliando la Comisión encargada de del Código Social, con de la Confe-Empresarios la revisión de Seguridad representantes deración de Privados y del Colegio Médico de Bolivia.
Publicado en edición: 1132 | Fecha de Publicación: 1980-05-27 | Visitas: ( 151 )
Decreto Supremo N° 17406
16 DE MAYO DE 1980 .- Dispónse que la comisión revisora del Código de Seguridad Social creada por D. S. 17304 de 24-II-80 débe integrarse con dos representantes de laEmpresa Privada.
Publicado en edición: 1120 | Fecha de Publicación: 1980-04-10 | Visitas: ( 168 )
Decreto Supremo N° 17304
24 DE MARZO DE 1980 .- Confórmase una Comisión encargada de revisar el Código de Seguridad Social Boliviano, presidido por Min. Previsión Social.
Publicado en edición: 1120 | Fecha de Publicación: 1980-04-10 | Visitas: ( 449 )
Decreto Supremo N° 17305
24 DE MARZO DE 1980 .- Apruébase el informe de la Comisión creada por R.M. 323 de Min. Previsión Social y Reglamenta los Art. 46 del Código de Seguridad Social, 91 y 92 de su Reglamento.
Publicado en edición: 1102 | Fecha de Publicación: 1980-01-04 | Clasificación Área Comercial | Visitas: ( 248 )
Decreto Supremo N° 17170
04 DE ENERO DE 1980 .- Por última vez amplíase el plazo para que las personas naturales y jurídicas comprendidas en las prescripciones del Código de Comercio con existencia anterior a la vigencia de dicho cuerpo de leyes, adecúen su estructora a sus disposiciones y obtengan matricula que los habilite para el ejercicio legal de su actividad hasta el 30 de junio de 1980.
Publicado en edición: 1094 | Fecha de Publicación: 1979-10-12 | Visitas: ( 222 )
Decreto Supremo N° 17083
04 DE OCTUBRE DE 1979 .- Con carácter general, los trabajadores comprendíaos en el campo de aplicación del Código de Seguridad Social que desde el lo— I—57 no hubieran sido asegurados por sus empleadores a las instituciones de Seguridad Social, podrán recuperar su antigüedad dentro de los regímenes de los seguros sociales a la sola exibicion de sus documentos.
Publicado en edición: 1060 | Fecha de Publicación: 1979-06-07 | Visitas: ( 220 )
Decreto Supremo N° 16523
06 DE JUNIO DE 1979 .- Incorporase a partir del 1° de Junio, al campo de aplicación del Código de Seguridad Social, a los trabajadores domésticos en el territorio de la República.
Publicado en edición: 1057 | Fecha de Publicación: 1979-05-21 | Visitas: ( 243 )
Decreto Ley N° 16485
17 DE MAYO DE 1979 .- Modifícase el Art. 294 del Código Penal que sanciona el delito de giro de cheques en descubierto, fijando como pena la privación de libertad de 1 a 4 años, más la multa de 30 a 100 días.
Publicado en edición: 1052 | Fecha de Publicación: 1979-04-30 | Visitas: ( 561 )
Decreto Ley N° 16390
30 DE ABRIL DE 1979 .- Complementase el Título VII, Capítulo único, Arts. 100, 101 y 102 del Código Penal, promulgado en 23—VIII—72, en sentido de que los delitos cometidos contra la Economía del Estado y sus Instituciones en General, 'así como las penas y la potestad de ejercer la acción penal o cualquier otra para recuperar los recursos del Estado y de sus Instituciones, son imprescriptibles pudiendo el Ministerio Público y los organismos del Estado, perseguir y ejecutar dichos delitos cometidos contra el patrimonio estatal, en cualquier tiempo.
Publicado en edición: 1052 | Fecha de Publicación: 1979-04-30 | Clasificación Educación | Visitas: ( 212 )
Decreto Supremo N° 16379
26 DE ABRIL DE 1979 .- Interpretase el texto del Art. 170 del Código de la Educación Boliviana en los siguientes términos: Las categorías del ramo Fiscal y Particular, son independientes entre si. Consecuentemente, los establecimientos privados quedan facultados a organizar sus escalafones internos, siguiendo las normas generales que rigen para el ramo fiscal.
Publicado en edición: 1040 | Fecha de Publicación: 1979-02-12 | Clasificación Área Comercial | Visitas: ( 415 )
Decreto Ley N° 16173
09 DE FEBRERO DE 1979 .- Las funciones y atribuciones asignadas por el Código de Comercio al Registro de Comercio así como las asignadas a la Dirección de Sociedades por Acciones, serán cumplidas y ejercidas por la DIRECCIÓN DEL REGISTRO DE COMERCIO Y SOCIEDADES POR ACCIONES.
Publicado en edición: 1035 | Fecha de Publicación: 1979-01-11 | Visitas: ( 190 )
Decreto Ley N° 16097
11 DE ENERO DE 1979 .- Sin modificarse al Art. 1° del D.L. 15914, se faculta a las Direcciones del "Registro de Comercio" y "Sociedades por Acciones" a tramitar las solicitudes de adecuación de las sociedades reguladas por el Código de Comercio, así como conceder las matrículas que habiliten el ejercicio legal del Comercio a quienes en sus diferentes órdenes ejercen la actividad comercial.
Publicado en edición: 1024 | Fecha de Publicación: 1978-10-27 | Visitas: ( 162 )
Decreto Ley N° 15914
27 DE OCTUBRE DE 1978 .- Sin modificarse el Art. 1° del D.L. 15756, se faculta a la Dirección del Registro de Comercio a recibir las solicitudes de adecuación de las sociedades reguladas por el Código de Comercio, hasta el 29-XII-78, en todo el territorio de la República.
Publicado en edición: 1013 | Fecha de Publicación: 1978-08-29 | Visitas: ( 184 )
Decreto Supremo N° 15756
22 DE AGOSTO DE 1978 .- Prorrógase hasta el 29-XII-78, el plazo otorgado por D. S. 15560 para que las Sociedades reguladas por el Código de Comercio adecúen su organización y funcionamiento a las normas establecidas por dicho Código.
Publicado en edición: 1003 | Fecha de Publicación: 1978-07-20 | Clasificación Salud | Visitas: ( 2542 )
Decreto Supremo N° 15629
18 DE JULIO DE 1978 .- Apruébase el Código de Salud en sus seis libros y Ciento cincuenta y seis artículo y un Título preliminar.
-
CODIGO DE SALUD DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA
Fecha de emisión : 1978-07-20 - Descargar Anexo
Publicado en edición: 1002 | Fecha de Publicación: 1978-07-18 | Visitas: ( 194 )
Decreto Ley N° 15614
07 DE JULIO DE 1978 .- En casos de excepción cuando una empresa, sociedad o firma privada dedicada a prospección, exploración, explotación, concentración y beneficio, fundición y refinación de minerales u otras relacionadas con la industria minero-metalúrgica, incurriese en manifiesta actitud de fraude o daño económico al Estado; las autoridades administrativas y judiciales, a petición de las autoridades, los acreedores o de oficio, podrán solicitar al Supremo Gobierno, la dictación de una disposición legal que defina la forma, características y plazos de la intervención, de acuerdo a los Arts. 186 y 187 del Código de Minería.