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Bolivia


Resultado de la busqueda "ADUANAS"

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Publicado en edición: 1903 | Fecha de Publicación: 1995-09-27 | Visitas: ( 164 )

Decreto Supremo N° 24119

14 DE SEPTIEMBRE DE 1995 .- Amplíase lo dispuesto en el artículo 11 del decreto supremo 24055 de 29 /06/ 1995 a todas las administraciones y subadministraciones aduaneras, debiendo la Dirección General de Aduanas implantar oportunamente los mecanismos adecuados, con fines de control.

Publicado en edición: 1878 | Fecha de Publicación: 1995-04-28 | Visitas: ( 123 )

Decreto Supremo N° 23992

12 DE ABRIL DE 1995 .- Se repone las subadministraciones de aduana de Sucre, Potosí y Tarija, con las facultades señaladas en el artículo 65 del decreto supremo 23098 de 19 /03/ 1992 y dependientes jerárquicamente de la Subdirección General de Aduanas.

Publicado en edición: 1844 | Fecha de Publicación: 1994-08-26 | Visitas: ( 266 )

Ley N° 1582

03 DE AGOSTO DE 1994 .- Apruébase el Convenio Multilateral sobre Cooperación Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas; suscrito enla ciudad de México el 11 /09/ 1981 dirigido a disminuir los delitos aduaneros en el intercambio de mercaderías y a su vez facilitar el tránsito de las personas.

Publicado en edición: 1815 | Fecha de Publicación: 1993-12-30 | Visitas: ( 194 )

Ley N° 1523

15 DE DICIEMBRE DE 1993 .- Apruébase el Convenio de Cooperación Técnica Reembolsable Nº 895/S BO, suscrito entre la República de Bolivia y el BID, por la suma de $us. 1,000,000 , destinado a financiar la reorganización y puesta en funcionamiento del nuevo Sistema de Aduanas y la implantación de los Sistemas de Gestión Automatizada de Comercio Exterior del país.

Publicado en edición: 1784 | Fecha de Publicación: 1993-04-30 | Visitas: ( 187 )

Decreto Supremo N° 23458

31 DE MARZO DE 1993 .- Se autorizasuscribir el Convenio de Cooperación Técnica Reembolsable, de el BID, hasta un monto de $us. 1.000.000.- (Sistema de Aduanas).

Publicado en edición: 1770 | Fecha de Publicación: 1993-01-25 | Visitas: ( 171 )

Decreto Supremo N° 23376

23 DE DICIEMBRE DE 1992 .- Se descentraliza financie­ramente del Ministerio de Finanzas, la Dirección General de Impuestos Internos y la Dirección General de Aduanas.

Publicado en edición: 1751 | Fecha de Publicación: 1992-09-14 | Visitas: ( 156 )

Decreto Supremo N° 23243

20 DE JULIO DE 1992 .- 90 días para el pago de las notas de cargo giradas po: la Dirección General de Aduanas.

Publicado en edición: 1670 | Fecha de Publicación: 1990-11-16 | Visitas: ( 183 )

Decreto Supremo N° 22632

31 DE OCTUBRE DE 1990 .- Se autoriza sin perjuicio de la aprobación legislativa un presupuesto adicional en favor de la Dirección General de Aduanas, en base a la percepción de ingresos superiores previstos por ley 1141 de 23 de febrero de 1990, por la suma de un Millón Cuatrocientos Cuarenta y Seis Mil Trecientos Bolivianos (Bs.1.446.300), financiados por recaudaciones especiales y de acuerdo al siguiente detalle:

Publicado en edición: 1659 | Fecha de Publicación: 1990-08-31 | Visitas: ( 199 )

Decreto Supremo N° 22585

20 DE AGOSTO DE 1990 .- A partir de la fecha se reduce el Gravamen Aduanero Consolidado (GAC) a diez por ciento (10%) que se aplicará sobre el valor CIF frontera o CIF Aduanas, según el medio de transporte utilizado, a todas las importaciones que se realicen al país, con excepción de las importaciones de bienes de capital que continuarán en la forma establecida en el decreto 22407.

Publicado en edición: 1505 | Fecha de Publicación: 1987-03-09 | Visitas: ( 179 )

Decreto Supremo N° 21540

04 DE MARZO DE 1987 .- A partir de la fecha, se concede el plazo general é improrrogable para la cancelación de los plazos pendientes hasta 1985, en todas las Aduanas de la República.

Publicado en edición: 1503 | Fecha de Publicación: 1987-02-27 | Visitas: ( 184 )

Decreto Supremo N° 21523

13 DE FEBRERO DE 1987 .- A partir del 1o de marzo de 1987 las Aduanas aeroportuarias de La Paz, Santa Cruz y 21 Cochabamba aplicarán un régimen de excepción a los pasajeras internacionales bona fide para la nacionalización de bienes y artículos nuevos de uso o consumo internados al país.

Publicado en edición: 1471 | Fecha de Publicación: 1986-07-15 | Visitas: ( 156 )

Decreto Supremo N° 21338

14 DE JULIO DE 1986 .- A partir del mes de abril de la presente gestión, se establece un régimen de estímulos mensuales que tendrá como fuente de financiamiento los excedentes de recaudación obtenidos por la Dirección General de Aduanas

Publicado en edición: 1456-1457- | Fecha de Publicación: 1986-05-02 | Visitas: ( 102 )

Decreto Supremo N° 21236

21 DE ABRIL DE 1986 .- Autorizase al Ministerio de Finanzas disponer que las aduanas distritales procedan al despacho de la maquinaria, plantas de concentración herramientas, repuestos, materiales, estructuras y cubiertas metálicas destinadas al sector minero, según el D.S. Nº 7776 de 3 de agosto de 1966, con liberación de impuestos y gravámenes aduaneros.

Publicado en edición: 1428 | Fecha de Publicación: 1985-08-01 | Visitas: ( 81 )

Decreto Supremo N° 20957

26 DE JULIO DE 1985 .- Autorizar a la. Dirección General de Aduanas la internación temporal, en favor del Lloyd Aéreo Boliviano, por el lapso de dos años a partir de la fecha dedos aeronaves y sus correspondientes lotes de repuestos.

Publicado en edición: 1350-1351 | Fecha de Publicación: 1983-11-17 | Visitas: ( 126 )

Decreto Supremo N° 19899

17 DE NOVIEMBRE DE 1983 .- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 33 de la Ley de Represión al Contrabando y Art. 2° del Decreto Supremo N° 19167 de 28 de septiembre de 1982, se faculta a las Aduanas de la República, el remate en pública subasta de todas las mercaderías prohibidas de importación que se hallan depositadas, en los almacenes de su dependencia con ingreso hasta la fecha del presente Decreto Supremo, debiendo aplicarse como base de remate el monto de los tributos señalados en el Arancel de Importaciones vigente con anterioridad inmediata a su prohibición.

Publicado en edición: 1332 | Fecha de Publicación: 1983-07-21 | Visitas: ( 173 )

Decreto Supremo N° 19658

15 DE JULIO DE 1983 .- A partir de la publicación del presente Decreto y por el plazo de 60 días, las aduanas del país atenderán los trámites de reembarques de mercancías no destinadas al sector productivo.

Publicado en edición: 1322 | Fecha de Publicación: 1983-05-04 | Visitas: ( 174 )

Decreto Supremo N° 19537

29 DE ABRIL DE 1983 .- Autorízase a las diferentes aduanas distritales del pais efectuar el despacho aduanero de los siguientes ve­hículos, en favor de la coopera­tiva y las organizaciones sindica­les que se indican.

Publicado en edición: 1320 | Fecha de Publicación: 1983-04-15 | Visitas: ( 179 )

Decreto Supremo N° 19507

12 DE ABRIL DE 1983 .- Autorízase a la Dirección Gral. de aduanas la entrega directa de 37 omnibu-ses de las marcas Mercedes Benz Dodge y Fargo, en favor de la Empresa Nacional de Transpor­te Automotor (ENTA).

Publicado en edición: 1238 | Fecha de Publicación: 1981-09-28 | Visitas: ( 179 )

Decreto Supremo N° 18620

25 DE SEPTIEMBRE DE 1981 .- Autorízase la nacionalización de los vehículos, internados por la firma Intermaco, Confederación Sindical de Choferes, Empresa Minera Vicuñita Santa María, y sea verificable en Aduanas.

Publicado en edición: 1134 | Fecha de Publicación: 1980-06-03 | Visitas: ( 151 )

Decreto Supremo N° 17438

29 DE MAYO DE 1980 .- Los vehículos destinados al servicio público que se encuentran a la fecha del presente Decreto Supremo en recintos aduaneros o circulando en el país con placas provisionales de ensayo y que fueron importados al amparo de disposiciones legales expresas, podrán ser despachados en las aduanas del país con los niveles arancelarios establecidos por D. S. Nº 12880 de 24 de septiembre de 1975, hasta el 30 de junio del presente año.


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