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Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa International Petroleum Services Corp S.R.L. IPSEC S.R.L, contra la Resolución Administrativa ANH No. 0509/2011 de 25 de abril de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del artículo 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172.
Fecha de emisión: 02-08-2011 |
Otorgar a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos YPFB, permiso para la exportación de Crudo Reconstituido RECON, con destino a Sud América, Estados Unidos, Centro América, El Caribe, Europa o Asia, a favor de la empresa TRAFIGURA BEHEER B.V. AMSTERDAM BRANCH OFFICE LUCERNE, de Suiza, por un volumen de 300.000 barriles +/-10% (correspondiente al séptimo embarque), (Ventana de Embarque del 10 al 13 de septiembre de 2011, de acuerdo a memorial de solicitud.)
Fecha de emisión: 05-08-2011 |
Autorizar a la empresa PROREACMIN, con NIT Nº 3535314012, la importación aproximada mensual de 20.000 litros (Veinte mil litros), de Aceite Extractante por Solvente ORFOM SX 80 procedente de la Empresa BRENNTANG de la República de Chile, con partida arancelaria 2710.19.39.00.
Fecha de emisión: 05-08-2011 |
Autorizar a la empresa IMCRUZ COMERCIAL S.A., con NIT Nº 1026469026, la importación aproximada mensual de 300,000.00 litros (Trescientos mil litros) y 60,000.00 kilogramos (Sesenta mil kilogramos), de Lubricantes procedentes de las Empresas SHELL LUBRICANTS SUPPLY COMPANY B.V A COMPANY INCORPORATED IN THE NETHERLANDS de la Republica de Holanda y SHELL LUBRICANTES DEL PERU S.A. de la República del Perú, con partidas arancelarias de acuerdo al siguiente detalle:
Fecha de emisión: 05-08-2011 |
Disponer la RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN de la empresa unipersonal SIEMBRA GAS en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la ANH, en la CATEGORÍA DOMÉSTICA, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL:
Fecha de emisión: 05-09-2011 |
Disponer la INSCRIPCION de la empresa KRIZGAS , en la Categoría Domestica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Fabiola Guzmán Gonzáles Técnico de Proyectos II Alizon Mónica Huasco Murillo Técnico de Proyectos II
Fecha de emisión: 05-09-2011 |
Disponer la INSCRIPCION de la Empresa SIIGB - KHYSHA , en la Categoría Comercial en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Mario Apaza Hilari Técnico de Proyectos I Juan Fabián Blanco Instalador I
Fecha de emisión: 05-09-2011 |
Disponer la INSCRIPCION de la Empresa PUKARA , en la Categoría Domestica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Estela Evelyn Pilco Mamani Técnico de Proyectos II Claudio Alejandro Aliaga Rodríguez Instalador II
Fecha de emisión: 04-09-2011 |
PRIMERO.- Autorizar a la Empresa privada ESTACION DE SERVICIO FOR CE S.R.L , representada por Ronald Marcelo Tito Beltran, con Cédula de Identidad No. 5735728 Oruro, la Construcción de una Estación de Servicio de Combustibles Líquidos del mismo nombre, a ser ubicada en la zona de Sacsani Km. 2 de la localidad de Huanuni del Departamento de Oruro.
SEGUNDO.- La Empresa privada ESTACION DE SERVICIO FOR CE S.R.L ,deberá concluir los trabajos de construcción en el plazo de Doscientos Veinticuatro (224) días calendario de conformidad a su cronograma de ejecución, computable a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.
TERCERO.- Una vez concluida la construcción de la Estación de Servicio, la Empresa privada ESTACION DE SERVICIO FOR CE S.R.L ,deberá solicitar la inspección técnica final de acuerdo al artículo 34 del Reglamento, cumplida esa formalidad la Empresa podrá solicitar se le extienda la Licencia de Operación, a cuyo efecto la Empresa deberá presentar la documentación detallada en el Artículo 35 del citado Reglamento.
Fecha de emisión: 08-09-2011 |
PRIMERO.- Otorgar la AUTORIZACIÓN DE OPERACIÓN al TALLER DE CONVERSIÓN A GNV J.R. GAS , representado legalmente por JHONNY ELEUTERIO RÍOS CHUQUICHAMBI con cédula de identidad Nº 6790214 La Paz, y ubicado en la calle 25 Nº 477 de la zona de Tunari de la ciudad de El Alto.
SEGUNDO.- Otorgar la LICENCIA DE OPERACIÓN a favor del TALLER DE CONVERSIÓN A GNV J.R. GAS , ubicado en el domicilio antes señalado.
TERCERO.- La LICENCIA DE OPERACIÓN otorgada mediante la presente Resolución Administrativa tendrá una vigencia de 2 (dos) años calendario, computables a partir de la fecha de emisión de la misma, al cumplimiento la misma deberá ser renovada por el TALLER, de acuerdo a lo establecido en el artículo 106 del REGLAMENTO.
Fecha de emisión: 08-09-2011 |
PRIMERO.- Aprobar el Proyecto: de la Red Secundaria de Distribución de Gas Natural denominado SUMINISTRO DE GAS NATURAL A LOS DISTRITOS 6 Y 14 DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, según el proyecto presentado y la normativa técnica vigente que debe ser cumplida durante el proceso de construcción de las ampliaciones indicadas, por la Y.P.F.B.
SEGUNDO.- Autorizar al señor Carlos Villegas Quiroga en su calidad de Presidente Ejecutivo de Y.P.F.B. a.i., la construcción de la Red Secundaria de Distribución de Gas Natural denominado SUMINISTRO DE GAS NATURAL A LOS DISTRITOS 6 Y 14 DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA.
Fecha de emisión: 12-09-2011 |
PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa unipersonal SILLERICO OIL, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.
Fecha de emisión: 12-09-2011 |
PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa REDUCTO S.R.L., en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.
Fecha de emisión: 12-09-2011 |
Autorizar a la empresa FINNING BOLIVIA S.A., con NIT Nº 1028337028, la importación aproximada mensual de 1.040 litros (Mil cuarenta litros), de Lubricantes procedentes de la Empresa DOOSAN BOBCAT CHILE S.A. de la República de Chile, con partida arancelaria 2710.19.38.00.
Fecha de emisión: 12-09-2011 |
PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa AAPOS-POTOSI, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.
Fecha de emisión: 15-09-2011 |
Declarar PROBADOS los cargos formulados, mediante Auto de 30 de marzo de 2011, contra la Estación de Servicio de GNV PETROGAS S.R.L. , ubicada en la Av. Ingavi esquina Daniel Campos del departamento de Cochabamba, por ser responsable de adecuar su conducta en la Contravención Administrativa de NO OPERAR EL SISTEMA DE ACUERDO A LAS NORMAS DE SEGURIDAD, establecida en el inciso b) del artículo 68 del REGLAMENTO y en conformidad con los ANEXOS 5 (numeral 2, inciso 2.7) y ANEXO 9 (numeral 3 y 6.7),
Fecha de emisión: 16-09-2011 |
Declarar PROBADOS los cargos formulados mediante Auto de fecha 25 de abril de 2011, contra la Estación de Servicios EL BIBOSI MANANTIAL , de la ciudad de Santa Cruz, por NO OPERAR EL SISTEMA DE ACUERDO A NORMAS DE SEGURIDAD, en cumplimiento al Artículo 68 inciso b) del Reglamento para la Construcción y Operación de estaciones de Servicio de combustibles líquidos
Fecha de emisión: 22-09-2011 |
Corregir los datos del personal acreditado por INFOCAL de la Resolución Administrativa ANH Nº 1283/2011 de fecha 31 de agosto de 2011, de la siguiente manera:
Fecha de emisión: 16-09-2011 |
Autorizar a la EMPRESA MINERA MANQUIRI S.A., con NIT Nº 1017233026, la importación aproximada mensual de 300.00 M3 (Trescientos metros cúbicos), de Diesel Oil procedente de la Empresa ENEX S.A. de la República de Chile, con partida arancelaria 2710.19.21.00.
Fecha de emisión: 16-09-2011 |
Autorizar a la empresa LEIVAR LTDA., con NIT Nº 01024341022, la importación aproximada mensual de 150.000,00 litros (Ciento cincuenta mil litros), de Lubricantes procedentes de la Empresa IPIRANGA PRODUCTOS DE PETROLEO S.A. de la República Federativa del Brasil, con partidas arancelarias de acuerdo al siguiente detalle:
Fecha de emisión: 19-09-2011 |
Corregir el nombre de la Compañía Proveedora de Lubricantes de la Resolución Administrativa ANH Nº 1225/2011 de fecha 22 de agosto de 2011, de la siguiente manera:
Fecha de emisión: 19-09-2011 |
PRIMERO.- Autorizar al Taller de Conversión a GNV FERNANDEZ A, representada por Sr. J. Marvin Quino Clavijo, el traslado de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, a ser ubicado en la Av. Circunvalación entre Avenida Tomas Barrón y Héroes del Chaco de la ciudad de Oruro.
SEGUNDO.- El Taller de Conversión FERNANDEZ A, se obliga y compromete a que sus instalaciones cumplan con las normas técnicas de seguridad industrial y medio ambiente previstas en los reglamentos respectivos, así como someterse al cumplimiento y ejecución de los planos presentados ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
TERCERO.- La empresa Taller de Conversión a GNV FERNANDEZ A deberá pagar para solventar los gastos por las inspecciones técnicas de acuerdo a los montos establecidos en el Reglamento, a favor de la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
Fecha de emisión: 19-09-2011 |
Corregir el artículo primero de la Resolución Administrativa ANH Nº 1282/2011 de fecha 31 de agosto de 2011, adicionando el cuadro con los nombres de los productos objeto de la autorización de importación, de la siguiente manera:
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio de Combustibles Líquidos Jaimes Freyre, contra la Resolución Administrativa ANH No. 0711/2011 de 10 de junio de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del art. 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante D.S. 27172.
Fecha de emisión: 20-09-2011 |
PRIMERO.- Autorizar a la Estación de Servicio SURTIDOR CLUBOL , representada por Ruth Jiménez de Monroy con Cédula de Identidad No. 1535865 Santa Cruz, la OPERACION de su Estación de Servicio de Gas Natural Vehicular, ubicada en el tercer anillo interno entre Avenida Alemania y Beni de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra del Departamento de Santa Cruz.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la Estación de Servicio SURTIDOR CLUBOL , la LICENCIA DE OPERACIÓN de su Estación de Servicio de Gas Natural Vehicular, ubicada en el tercer anillo interno entre Avenida Alemania y Beni de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra del Departamento de Santa Cruz.
TERCERO.- La autorización para la Operación de la estación de servicio de GNV otorgada mediante la presente Resolución Administrativa tendrá una vigencia de diez (10) años computables a partir de la fecha de su emisión, misma que podrá ser prorrogada por periodos sucesivos de diez (10) años, debiendo el interesado acreditar ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos el cumplimiento estricto de las condiciones técnicas y reglamentarias vigentes.
Fecha de emisión: 21-09-2011 |
Autorizar a la empresa FREMAR LTDA, con NIT Nº 1027955027, la importación aproximada mensual de 1.800 lts. (Mil Ochocientos litros), de Aceite Lubricante para Motores a Gasolina (Metal 5) procedente de la Empresa AMA OIL Y CIA SRL de la República de Argentina, con partidas arancelaria 2710.19.39.00.
Fecha de emisión: 21-09-2011 |
Autorizar a la empresa MULTICORP LTDA, con NIT Nº 1021757021, la importación aproximada mensual de 1.666.67 lts. (Mil Seiscientos sesenta y seis 67/100 litros), de Parafina procedente de la Empresa XINGTAI SHENGBANG IMP & EXP CO. LTD de la República de China, con partida arancelaria 2712.90.30.00.
Fecha de emisión: 21-09-2011 |
Autorizar a la empresa GAIMPORT IMPORT EXPORT, con NIT Nº 3225802012, la importación aproximada mensual de 24.030.57 litros (Veinticuatro Mil Treinta 57/100 litros) de aceites autorizados y 639.39 Kgs. (Seiscientos treinta y nueve 39/100 Kgs.) de grasas autorizadas procedentes de la Empresa ISOPETROL LUBRICANTES DEL PERU S.A.C. de la República del Perú, con partidas arancelarias de acuerdo al siguiente detalle:
Fecha de emisión: 23-09-2011 |
Modificar el Cronograma de Ejecución de los Ítems pendientes de adecuación sin alterar el plazo final de cumplimiento DICIEMBRE 2012 - de la Refinería Guillermo Elder Bell, de propiedad de la empresa YPFB REFINACIÓN S.A., de acuerdo al siguiente detalle:
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Aprobar desde el punto de vista estrictamente técnico y consecuentemente autorizar a la empresa ORO NEGRO S.A., la construcción del proyecto denominado Línea Ramal entre Línea Ramal La Peña de YPFB Transporte y Refinería Oro Negro S.A. , con una Longitud de 497 metros y un diámetro nominal de 2 pulgadas con las siguientes características técnicas:
Fecha de emisión: 27-09-2011 |
PRIMERO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSION E.G.G.CH EMPRESA DE SERVICIOS Y CONVERSION A GNV , representada por Wilfredo Velasco Alvarado, con Cédula de Identidad N° 3836272 Santa Cruz, la OPERACION de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la Av. Los Libertadores entre calles independencia o Timboy de la ciudad de Yacuiba del Departamento de Tarija.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la empresa TALLER DE CONVERSION E.G.G.CH EMPRESA DE SERVICIOS Y CONVERSION A GNV , la Licencia de Operación de un taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la Av. Los Libertadores entre calles independencia o Timboy de la ciudad de Yacuiba del Departamento de Tarija.
Fecha de emisión: 28-09-2011 |
Ampliar el plazo para la implementación del SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA EN RED (S.V.V.R.) a 20 días hábiles, computables a partir del día siguiente hábil de su publicación en un medio de prensa de circulación nacional
Fecha de emisión: 28-09-2011 |
Autorizar a la empresa REFRIGERACION SANTA CRUZ S.R.L. FRIOCRUZ S.R.L. con NIT Nº 1012265022, la importación aproximada mensual de 100 lts. (Cien litros), de Aceite de Parafina procedente de la Empresa REFRICENTER INTERNATIONAL de Estados Unidos de Norte América, con partida arancelaria 27.10.19.37.00.
Fecha de emisión: 28-09-2011 |
Corregir el Artículo Primero de la Resolución Administrativa ANH Nº 1380/2011 de fecha 21 de septiembre de 2011 de la siguiente manera:
Fecha de emisión: 26-09-2011 |
Disponer la INSCRIPCION de la Empresa 25 DE NOVIEMBRE , en la Categoría Domestica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Gonzalo Ayala Álvarez Técnico de Proyectos II Isaac Cabezas Aguilar Instalador II
Fecha de emisión: 28-09-2011 |
PRIMERO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSION ITALY GNV , representada por Lucia Ramírez Reynaga, la OPERACION de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la calle Mariano Guzmán Nº 434 Barrio Eucaliptos de la Ciudad de Cochabamba.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la empresa TALLER DE CONVERSION ITALY GNV , la Licencia de Operación de un taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la calle Mariano Guzmán Nº 434 Barrio Eucaliptos de la Ciudad de Cochabamba.
Fecha de emisión: 28-09-2011 |
PRIMERO.- Aprobar el Proyecto: de la Red Primaria y Secundaria de Distribución de Gas Natural denominado SUMINISTRO DE GAS NATURAL A LA POBLACION DE TARABUCO DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA, según el proyecto presentado y la normativa técnica vigente que debe ser cumplida durante el proceso de construcción de las ampliaciones indicadas, por la Y.P.F.B.
SEGUNDO.- Autorizar al señor Carlos Villegas Quiroga en su calidad de Presidente Ejecutivo de Y.P.F.B. a.i., la construcción de la Red Primaria y Secundaria de Distribución de Gas Natural denominado SUMINISTRO DE GAS NATURAL A LA POBLACION DE TARABUCO DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA.
TERCERO.- Acorde con lo dispuesto por el Art. 20 letra i) del Reglamento el Presidente Ejecutivo de Y.P.F.B debe presentar 1) Autorización del Gobierno Municipal correspondiente, para la ejecución de la obra; 2) Declaración de la fecha de inicio de la obra; 3) Nombre del responsable Técnico de la obra, que deberá ser el interlocutor valido ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos durante la ejecución y 4) Nombre de la Instaladora que estará a cargo de la ejecución de la obra, presentada dicha documentación, encontrándose en orden se regularizara la autorización del inicio de la obra, para tal efecto se le da un plazo de 1 mes calendario, caso contrario se aplicara el Art. 100 letra c) de la Ley Nº 3058.
Fecha de emisión: 28-09-2011 |
PRIMERO.- Aprobar el Proyecto: de la Red Primaria y Secundaria de Distribución de Gas Natural denominado SUMINISTRO DE GAS NATURAL A LA POBLACION DE BETANZOS - POTOSI, según el proyecto presentado y la normativa técnica vigente que debe ser cumplida durante el proceso de construcción de las ampliaciones indicadas, por la Y.P.F.B.
SEGUNDO.- Autorizar al señor Carlos Villegas Quiroga en su calidad de Presidente Ejecutivo de Y.P.F.B. a.i., la construcción de la Red Primaria y Secundaria de Distribución de Gas Natural denominado SUMINISTRO DE GAS NATURAL A LA POBLACION DE BETANZOS POTOSI.
Fecha de emisión: 28-09-2011 |
PRIMERO.- Aprobar el Proyecto: de la Red Secundaria de Distribución de Gas Natural denominado SUMINISTRO DE GAS NATURAL A LOS DISTRITOS 6 Y 14 DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, según el proyecto presentado y la normativa técnica vigente que debe ser cumplida durante el proceso de construcción de las ampliaciones indicadas, por la Y.P.F.B.
SEGUNDO.- Autorizar al señor Carlos Villegas Quiroga en su calidad de Presidente Ejecutivo de Y.P.F.B. a.i., la construcción de la Red Secundaria de Distribución de Gas Natural denominado SUMINISTRO DE GAS NATURAL A LOS DISTRITOS 6 Y 14 DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA.
Fecha de emisión: 29-09-2011 |
CORREGIR, de oficio el error material y de hecho, el ÍTEM GRAL 14 del cuadro que establece los Nuevos Plazos de Adecuación, establecido en el Artículo Primero de la parte Resolutiva de la Resolución Administrativa ANH Nº 1390/2011 de 23 de septiembre de 2011, de la siguiente manera:
Fecha de emisión: 03-10-2011 |
PRIMERO.- Autorizar a la Empresa KHORA-ESTACION DE SERVICIO , representada por Jaime Medrano Arnez con Cédula de Identidad N° 2049692 La Paz, la Construcción de una Estación de Servicio de Combustibles Líquidos del mismo nombre, a ser ubicada en la calle Thuska No 100 Zona Central de la Localidad de Tiquipaya del Departamento de Cochabamba.
SEGUNDO.- La Empresa KHORA-ESTACION DE SERVICIO , deberá concluir los trabajos de construcción en el plazo de Trescientos cincuenta y ocho días (358) días calendario de conformidad a su cronograma de ejecución, computable a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.
TERCERO.- Una vez concluida la construcción la Empresa KHORA-ESTACION DE SERVICIO , deberá solicitar la inspección técnica final de acuerdo al artículo 34 del Reglamento, cumplida esa formalidad la Empresa podrá solicitar se le extienda la Licencia de Operación, a cuyo efecto la Empresa deberá presentar la documentación detallada en el Artículo 35 del citado Reglamento.
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Declarar la incompetencia por razón de la materia para conocer el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio la Pascana, contra el Acto Administrativo de Clausura N° 05047 de 2 de julio de 2011, emitido por la Gerencia Distrital Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales, debiendo remitirse las actuaciones a ésta Gerencia Distrital por ser la autoridad competente para conocer y resolver el recurso en cuestión, todo de conformidad a lo establecido por el artículo 5 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante el D.S. 27172.
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por la Planta de Almacenaje de Combustibles Líquidos Gravetal Bolivia S.A. (Gravetal), contra la Resolución Administrativa ANH No. 0976/2011 de 19 de julio de 2011, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado, de conformidad a lo establecido por el inciso c), parágrafo II del art. 89 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante D.S. 27172.
Fecha de emisión: 06-10-2011 |
PRIMERO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSION MULTICENTRO PLAY GAS - MPG , representada por Ruffo Cerrogrande Quispe, la OPERACION de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la Avenida La Paz Nº 1614 de Villa Exaltación de la ciudad de El Alto.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la empresa TALLER DE CONVERSION MULTICENTRO PLAY GAS - MPG , la Licencia de Operación de un taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la Avenida La Paz Nº 1614 de Villa Exaltación de la ciudad de El Alto.
Fecha de emisión: 13-10-2011 |
MODIFICAR la Resolución Administrativa ANH No 0307/2011 de 10 de Marzo de 2011 en su Disposición Primera en la cual:
Fecha de emisión: 13-10-2011 |
Prorrogar por diez (10) años la Autorización de Operación otorgada mediante Resolución Administrativa SSDH Nº 0466/2001 de 3 de agosto de 2001, a favor de la empresa ESTACIÓN DE SERVICIO DE GNV COCHABAMBA LTDA , para continuar operando su Estación Servicio Gas Natural Vehicular, ubicada en la Avenida Melchor Pérez de Holguín Esquina Ingavi, de la ciudad de Cochabamba. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Fecha de emisión: 13-10-2011 |
Corregir el artículo primero de la Resolución Administrativa ANH Nº 1168/2011 de fecha 09 de agosto de 2011, que autoriza a la empresa ESTACION DE SERVICIO ANITA , representada por Mario Torrico Lazarte con Cedula de Identidad Nº 720457 Cochabamba, la construcción de una Estación de Servicio de Gas Natural Vehicular, de la siguiente manera:
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Desestimar el recurso de revocatoria interpuesto por la Estación de Servicio de Combustibles Líquidos Jaimes Freyre, contra el Auto de 19 de julio de 2011, debiendo la Agencia continuar con el procedimiento administrativo iniciado conforme a ley.
Fecha de emisión: 00-00-0000 |
Disponer la RECATEGORIZACION de la empresa MULTIEMPRESA MERCURIO, en la CATEGORÍA COMERCIAL en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: GONZALO JORGE CACERES ROSSEL TÉCNICO PROYECTOS I
Fecha de emisión: 17-10-2011 |
PRIMERO.- Autorizar a la empresa MOVIL GAS CHACO ENERGY, representada por Cira Sánchez Altamirano con Cédula de Identidad No. 1616145 Tarija, la construcción de una Estación de Servicio de Gas Natural Vehicular, a ser ubicada en la Av. Bolivia y calle B de San José de Pocitos de la ciudad de Yacuiba del Departamento de Tarija.
SEGUNDO.- Según el cronograma de ejecución presentado por la empresa MOVIL GAS CHACO ENERGY, los trabajos de construcción de la Estación de Servicio de GNV concluirán en el plazo de Ciento Sesenta y Ocho (168) días calendario, computables a partir de la fecha de vigencia de la presente Resolución.
TERCERO.- Una vez concluida la construcción de la Estación de Servicio, la empresa deberá solicitar la inspección técnica final de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 del Reglamento. Cumplidas las condiciones técnicas y legales, la Agencia Nacional de Hidrocarburos emitirá la Resolución Administrativa de Autorización de Operación y la Licencia de Operación, a cuyo efecto la Empresa deberá presentar la documentación detallada en los artículos 39 y 40 del Reglamento.
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