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Bolivia


Resultado de la busqueda "constitución política del estado"

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Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 238 )

Decreto Supremo N° 6195

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° del artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Intercambio Cultural entre la República de Bolivia y el Estado de Israel, suscrito en la ciudad de La Paz, el 27 de abril de 1961.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 254 )

Decreto Supremo N° 6196

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° del articulo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Cooperación Económica, Comercial y Técnica entre Bolivia y Colombia, suscrito en la ciudad de La Paz el 2 de agosto de 1961.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 203 )

Decreto Supremo N° 6197

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° del Artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueban el Convenio Cultural entre Bolivia y Colombia, suscrito en la ciudad de La Paz el 2 de agosto de 1961.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 183 )

Decreto Supremo N° 6200

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° del artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio Comercial suscrito con la República Argentina, en la ciudad de La Paz, el 9 de diciembre de 1960.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 221 )

Decreto Supremo N° 6201

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° del artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Doble Nacionalidad entre Bolivia y España suscrito por el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, en fecha 12 de octubre de 1961.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 224 )

Decreto Supremo N° 6202

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° del artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Intercambio Cultural entre la República de Bolivia y los Estados Unidos Mexicanos suscrito en fecha 12 de abril de 1962.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 220 )

Decreto Supremo N° 6203

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° del artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio entre la Unión Panamericana y el Gobierno de Bolivia sobre la organización de un Curso Interamericano de Desarrollo de Comunidades Indígenas en la República de Bolivia.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Clasificación Educación | Visitas: ( 290 )

Decreto Supremo N° 6204

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Cooperación en los campos Educacional, Científico y Cultural entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República Popular Federativa de Yugoeslavia, suscrito en la Ciudad de Belgrado el 7 de septiembre de 1961.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 198 )

Decreto Supremo N° 6205

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° del Artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Préstamo con la Agencia Internacional de Desarrollo, (una Agencia del Gobierno de los Estados Unidos de América), suscrito en fecha 7 de mayo de 1962.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 207 )

Decreto Supremo N° 6206

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° del artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Paz con el Japón y el Protocolo, en la ciudad de San Francisco, California, suscritos el 8 de septiembre de 1951 por las Potencias Aliadas con el Japón.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 175 )

Decreto Supremo N° 6198

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 8° del Art. 9- de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Cooperación sobre Navegación Fluvial entre la República de Bolivia y la República del Paraguay, suscrito en la ciudad de Asunción el 18 de junio de 1962.

Publicado en edición: 104 | Fecha de Publicación: 1962-09-12 | Visitas: ( 167 )

Decreto Supremo N° 6199

31 DE AGOSTO DE 1962 .- De acuerdo con el inciso 2° del artículo 95 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio, de Unión Caminera entre la República de Bolivia y la República del Paraguay, suscrito en la ciudad de Asunción, en fecha 18 de junio de 1962.

Publicado en edición: 69 | Fecha de Publicación: 1962-01-10 | Visitas: ( 236 )

Ley N° 141

22 DE DICIEMBRE DE 1961 .- ART. 21 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO. De acuerdo a lo preceptuado por el Art. 21 de la Constitución Política del Estado, se declara de necesidad nacional al desarrollo y explotación de los yacimientos descubiertos o los que se descubran en lo futuro.

Publicado en edición: 47 | Fecha de Publicación: 1961-08-02 | Visitas: ( 155 )

Decreto Supremo N° 5846

02 DE AGOSTO DE 1961 .- MINISTERIO DE GOBIERNO. De conformidad a lo dispuesto por el Art. 46 de la Constitución Política del Estado, se convoca a Congreso Ordinario que se reunirá en la ciudad de La Paz.

Publicado en edición: | Fecha de Publicación: | Visitas: ( 149 )

Constitución Política N° 1961

31 DE JULIO DE 1961 .- CONSTITUCION POLÍTICA DEL ESTADO 1961

Publicado en edición: 42 | Fecha de Publicación: 1961-07-05 | Visitas: ( 162 )

Decreto Supremo N° 5830

29 DE JUNIO DE 1961 .- El Congreso Extraordinario convocado por Ley de 20 de diciembre, de 1960, para la consideración y aprobación de las enmiendas a la Constitución Política del Estado, se reunirá en la ciudad de La Paz, inaugurando sus labores el 1° de julio del presente año, a horas 15, sin ceremonial.

Publicado en edición: 39 | Fecha de Publicación: 1961-06-14 | Visitas: ( 149 )

Decreto Supremo N° 5818

07 DE JUNIO DE 1961 .- Declárase en Estado de Sitio todo el territorio de la República conforme a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado.


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