| Fecha de emisión: 23/02/1994 | EDICION : |
Conceder a CARMEN HUANACO VIUDA DE CHURATA, pensión vitalicia de montepío, equivalente al 90% de la que perciben los Beneméritos de la Patria, en su condición de viuda y heredera del Inválido de la Guerra del Chaco Juan Churata Calamani pensión que deberá ser regulada por el Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico. Este beneficio recibirá a partir de la fecha de alta en las planillas de pago del departamento de Listas Pasivas del Tesoro General de la Nación, mientras no se encuentre dentro las prohibiciones señaladas por Ley.