| Fecha de emisión: 06/11/1968 | EDICION : |
1º.- Destínase la suma de VEINTE MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 20.000.--), para gastos de impresión de papeletas, formularios, material de escritorio, bagajes, viáticos y otros, que demande las labores de la Comisión Especial creada por el Art. 1º del D.S. Nº 07981 de 27 de abril de 1967, para la calificación de solicitudes del “Bono Patriótico”, a favor de los Beneméritos de la Patria que no perciben rentas, ni tienen ocupación o trabajo, con cargo imputable a “Obligaciones del Estado” del Presupuesto del Ministerio de Hacienda, de la gestión vigente. 2º.- Dicha suma será entregada, con cargo de cuenta documentada, a la Confederación Nacional de Ex – Combatientes de la Guerra del Chaco, para su utilización en los fines anteriormente mencionados, con intervención de la Contraloría General de la República.