MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS 129805
| Fecha de emisión: 13/09/1965 | EDICION : |
1º.- Autorizar al Banco Minero de Bolivia, para mantener en forma separada, cuentas corrientes en moneda extranjera en Bancos del exterior. 2º.- El Banco Minero de Bolivia informará al Ministerio de Hacienda sobre el movimiento de divisas de cada mes, estando facultado dicho Portafolio para realizar cuantas revisiones considere necesarias, para los fines del D.L. Nº 07081, de 4 de marzo del año en curso.