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Fecha de emisión: 12-06-2012 |
PRIMERO.- Autorizar a la ESTACIÓN DE SERVICIO EL BALSERO S.R.L. , representada por Juan Carlos Tapia Cortez con Cédula de Identidad N° 2529589 de LP., la Construcción de una Estación de Servicio de Combustibles Líquidos del mismo nombre, a ser ubicada en la Avenida Gordon Barbour s/n urbanización Las Lomas, zona Siyaya de la localidad de Rurrenabaque del departamento del Beni.
SEGUNDO.- La ESTACIÓN DE SERVICIO EL BALSERO S.R.L. , deberá concluir los trabajos de construcción en el plazo de 365 días calendario de conformidad a su cronograma de ejecución, computable a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.
TERCERO.- Una vez concluida la construcción la ESTACIÓN DE SERVICIO EL BALSERO S.R.L. , deberá solicitar la inspección técnica final de acuerdo al artículo 34 del Reglamento, cumplida esa formalidad la Empresa podrá solicitar se le extienda la Licencia de Operación, a cuyo efecto la Empresa deberá presentar la documentación detallada en el Artículo 35 del citado Reglamento.
Fecha de emisión: 12-06-2012 |
Declarar PROBADO el cargo formulado mediante Auto de fecha 18 de octubre de 2011, contra la Empresa Planta Distribuidora de GLP SAN JUAN del Departamento de Santa Cruz, por incurrir en la infracción establecida en el inciso g) del Artículo 13 del y sancionada por el artículo 14 del Decreto Supremo N° 29158 del 13 de junio de 2007
Fecha de emisión: 12-06-2012 |
SE APRUEBA y se pone en vigencia el LIBRO DE REGISTRO DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS (LTCL) de la ANH, mediante el cual se llevará un control de todas las empresas y personas jurídicas que se dediquen al transporte de combustibles líquidos (diesel oil, gasolinas y GLP), mediante vehículos.
Fecha de emisión: 12-06-2012 |
PRIMERO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSION A GNV ABNERGAS S.R.L. , representada por Juan Ramos Chavez con Cédula de Identidad Nº 3436377 LP, la OPERACION de un Taller de Conversión de Vehículos GNV a ser ubicado en la Zona Franca Industrial N° 337 de la ciudad de El Alto del Departamento de La Paz.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la empresa TALLER DE CONVERSION A GNV ABNERGAS S.R.L. , la Licencia de Operación de un taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la Zona Franca Industrial N° 337 de la ciudad de El Alto del Departamento de La Paz.
TERCERO.- La Licencia de Operación otorgada mediante la presente Resolución Administrativa tendrá una vigencia de 2 (dos) años, al cabo de los cuales deberá ser actualizada por la empresa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 106 del Reglamento.
Fecha de emisión: 12-06-2012 |
Declarar PROBADO el cargo formulado mediante Auto de fecha 19 de octubre de 2011, contra la Empresa Planta Distribuidora de GLP VALLE GAS. del Departamento de Santa Cruz, por incurrir en la infracción establecida en el inciso j) del artículos 13 y sancionada por el artículo 14 del Decreto Supremo N°29158 de 13 de junio de 2007, es decir por entregar garrafas con GLP a tiendas de abasto.
Fecha de emisión: 12-06-2012 |
Declarar PROBADOS los cargos formulados mediante Auto de fecha 03 de mayo de 2011 contra la Estación de Servicio ZURSIL S.R.L. - TARAPACA ubicada en la Av. 6 de marzo Nº 500 de la ciudad de El Alto, por ser responsable de la infracción administrativa Alteración de volumen (cantidad) de los carburantes (gasolina especial y diesel oil) comercializados , prevista y sancionada por el inciso b) del articulo 69 del Reglamento para la Construcción y Operación de Estaciones de Servicios de Combustibles Líquidos, modificado por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 26821.
Fecha de emisión: 12-06-2012 |
Declarar PROBADO el cargo formulado mediante Auto de fecha 9 de mayo de 2012, contra la empresa GASORIENTE BOLIVIANO Ltda., por incumplimiento a lo establecido en los incisos b) y c) del Parágrafo II del Artículo 58 del Decreto Supremo Nº 29018, de 31 de enero de 2007, Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, respecto a su Presupuesto Programado 2009, infracción prevista y sancionada en el Parágrafo I del Artículo 86 del citado Reglamento.
Fecha de emisión: 12-06-2012 |
Declarar IMPROBADO el cargo formulado mediante Auto de fecha 14 de mayo de 2012, contra la empresa GASORIENTE BOLIVIANO Ltda. GASORIENTE, por presunto incumplimiento a lo establecido en los incisos b) y c) del Parágrafo II del Artículo 58 del Decreto Supremo Nº 29018, de 31 de enero de 2007, Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, respecto a su Presupuesto Programado 2010, infracción prevista y sancionada en el Parágrafo I del Artículo 86 del citado Reglamento, por cuanto cumplió con la presentación de los consensos y disensos con su único cargador YPFB, disponiéndose el correspondiente archivo de obrados. Notifíquese por cedula a la empresa GASORIENTE, sea en la forma prevista por el inciso b) del Artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 2341, aprobado por Decreto Supremo N° 27172 de 15 de septiembre de 2003.
Fecha de emisión: 11-06-2012 |
PRIMERO.- Rectificar la Resolución Administrativa Nº 1734/2011, de fecha 24 de noviembre 2011, que dispuso la Inscripción de la empresa INSTALACION DE GAS DOMICILIO BERTHY en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, en cuanto al apellido paterno del señor Mario Rivera Perez, por cuanto lo correcto es Mario Ribera Perez y el nombre de la empresa, por cuanto lo correcto es INSTALACION DE GAS DOMICILIARIO BERTHY.
SEGUNDO.- La presente Resolución Administrativa producirá sus efectos en forma retroactiva al momento de vigencia de la Resolución Administrativa Nº 1734/2011, de fecha 24 de noviembre de 2011, conforme el parágrafo II del art. 21 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado mediante Decreto Supremo No. 27172, de 15 de septiembre de 2003.
TERCERO.- Encomendar la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección Jurídica y demás unidades pertinentes de la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
Fecha de emisión: 11-06-2012 |
Otorgar a YPFB REFINACION S.A. en representación de la Asociación Accidental conformada por YPFB y YPFB REFINACION S.A., permiso para la exportación de Petróleo Condensado Bolivian Blend, con destino a la República de Argentina, a favor de la empresa REFINERIA DEL NORTE S.A. (REFINOR S.A.), de la República Argentina, por un volumen mensual de 450.000 barriles +/-10% de acuerdo a memorial de solicitud.
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
Disponer la RENOVACIÓN de registro de la empresa SERVISUR en la CATEGORÍA DOMESTICA del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, teniendo para el efecto el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Se mantiene el siguiente personal registrado previamente. - JAVIER HIGUERAS CASTRILLO INSTALADOR II
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
Disponer la RENOVACIÓN de registro de la empresa SERPROF S.R.L. TECNICOS ADMINISTRATIVOS S.R.L. en la CATEGORÍA INDUSTRIAL del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, teniendo para el efecto el siguiente personal acreditado por INFOCAL: - AMERICO VLADIMIR FANOLA FLORES TECNICO DE PROYECTOS I - ROLANDO GONZALES LEDEZMA SOLDADOR 6G
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
Disponer la RENOVACIÓN de registro de la empresa SERGEC - GAS en la CATEGORÍA INDUSTRIAL del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, teniendo para el efecto el siguiente personal acreditado por INFOCAL: - RAULITO CESPEDES ROJAS TECNICO DE PROYECTOS II - VALERIO CERDA FERNANDEZ INSTALADOR I
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
Disponer la RENOVACIÓN de registro de la empresa RED - 8 - GAS en la CATEGORÍA DOMESTICA del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, teniendo para el efecto el siguiente personal acreditado por INFOCAL: - ROLANDO RUBEN HILARIO ROJAS TECNICO DE PROYECTOS I Se mantiene el siguiente personal registrado previamente.
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
Disponer la RENOVACIÓN de registro de la empresa CONSTRUCTORA GUZMAN MORALES GM en la CATEGORÍA COMERCIAL del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, teniendo para el efecto el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Se mantiene el siguiente personal registrado previamente: - VLADIMIR RAMIREZ CASTELLON TECNICO DE PROYECTOS I
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
Disponer la RENOVACIÓN de registro de la empresa COMFORT EN SU HOGAR en la CATEGORÍA COMERCIAL del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, teniendo para el efecto el siguiente personal acreditado por INFOCAL: - JAIME GUIDO GUTIERREZ MANCILLA INSTALADOR I y II - ERIK EDSON JARANDILLA APAZA INSTALADOR II
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
Disponer la RENOVACIÓN de registro de la empresa ANDIGAS NATURAL en la CATEGORÍA COMERCIAL del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, teniendo para el efecto el siguiente personal acreditado por INFOCAL: - ANGELO RUDY TORREZ ALVAREZ TECNICO DE PROYECTOS I Se mantiene el siguiente personal registrado previamente:
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
Disponer la RECATEGORIZACION de la EMPRESA TOLEDO GAS, en la CATEGORÍA COMERCIAL en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: - FELIX SARMIENTO YUJRA TECNICO DE PROYECTOS I - RUBEN ANGEL TOLEDO ALBERTO INSTALADOR I
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la IMPORTADORA ANPAC, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.
TERCERO.- Conforme al inciso d) del artículo 90 de la Ley de Hidrocarburos No. 3058 de 17 de mayo de 2005, la empresa deberá presentar el Formulario Único de Seguimiento a participación accionaría y Fusiones en el Sector de Hidrocarburos de acuerdo al anexo I de la Resolución Administrativa SSDH No. 0775/2005 de 20 de junio de 2005.
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa INVERSIONES ATOCHA, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.
TERCERO.- Conforme al inciso d) del artículo 90 de la Ley de Hidrocarburos No. 3058 de 17 de mayo de 2005, la empresa deberá presentar el Formulario Único de Seguimiento a participación accionaría y Fusiones en el Sector de Hidrocarburos de acuerdo al anexo I de la Resolución Administrativa SSDH No. 0775/2005 de 20 de junio de 2005.
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa SURTIDOR CANADA, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.
TERCERO.- Conforme al inciso d) del artículo 90 de la Ley de Hidrocarburos No. 3058 de 17 de mayo de 2005, la empresa deberá presentar el Formulario Único de Seguimiento a participación accionaría y Fusiones en el Sector de Hidrocarburos de acuerdo al anexo I de la Resolución Administrativa SSDH No. 0775/2005 de 20 de junio de 2005.
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
Declarar IMPROBADOS los cargos formulados mediante Auto de fecha 17 de enero de 2012 contra la Estación de Servicio 3 F OIL S.R.L. ubicada en la Cuarto Anillo, entre Av. Piraí y Radial 17 ½ de la Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz, por la presunta contravención Alteración de volumen (cantidad) de los carburantes (diesel oil) comercializados , prevista y sancionada por el inciso b) del articulo 69 del Reglamento para la Construcción y Operación de Estaciones de Servicios de Combustibles Líquidos, modificado por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 26821.
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
Autorizar expresamente el viaje en comisión, efectuada mediante Formulario de Solicitud de Pasajes y Viáticos Nº 024754, de fecha 08 de junio de 2012, correspondiente al Ing. Gary Andrés Medrano Villamor, Director Ejecutivo, para la ejecución de reuniones de carácter interinstitucional en la ciudad de Santa Cruz, fecha de salida 08 de junio de 2012 y fecha de retorno 09 de junio de 2012.
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa IMPACTO GAS en el Registro de Talleres de Conversión a GNV de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- Autorizar a la empresa IMPACTO GAS , representada por Rosa Vidal Castro, la instalación de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, a ser ubicado en la Calle Vallegrande No 567 del Departamento de Cochabamba.
TERCERO.- La empresa mencionada, se obliga y compromete a que sus instalaciones cumplan con las normas técnicas de seguridad industrial y medio ambiente previstas en los reglamentos respectivos, así como someterse al cumplimiento y ejecución de los planos presentados ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
PRIMERO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSION GABDIAZ G.N.C., representada por Gladys Rosmery Flores Barrios con Cédula de Identidad Nº 5931542 Cbba, la OPERACION de un Taller de Conversión de Vehículos GNV a ser ubicado en la Av. Blanco Galindo Km. 6 ½ No 618 de la zona de Caparachi de la ciudad de Cochabamba del Departamento de Cochabamba.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la empresa TALLER DE CONVERSION GABDIAZ G.N.C. , la Licencia de Operación de un taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la Av. Blanco Galindo Km. 6 ½ No 618 de la zona de Caparachi de la ciudad de Cochabamba del Departamento de Cochabamba.
TERCERO.- La Licencia de Operación otorgada mediante la presente Resolución Administrativa tendrá una vigencia de 2 (dos) años, al cabo de los cuales deberá ser actualizada por la empresa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 106 del Reglamento.
Fecha de emisión: 08-06-2012 |
PRIMERO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSION AXIS - GNV , representada por Ramiro Marquez Mamani con Cedula de Identidad Nº 6029901 LP, la OPERACION de un Taller de Conversión de Vehículos GNV a ser ubicado en la Calle Pando No 7065 de la Zona de Villa Mercedes C, carretera a Viacha, de la ciudad de El Alto del Departamento de La Paz.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la empresa TALLER DE CONVERSION AXIS - GNV , la Licencia de Operación de un taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la Calle Pando No 7065 de la Zona de Villa Mercedes C, carretera a Viacha, de la ciudad de El Alto del Departamento de La Paz.
TERCERO.- La Licencia de Operación otorgada mediante la presente Resolución Administrativa tendrá una vigencia de 2 (dos) años, al cabo de los cuales deberá ser actualizada por la empresa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 106 del Reglamento.
Fecha de emisión: 06-06-2012 |
Autorizar expresamente el viaje en comisión, efectuada mediante Formulario de Solicitud de Pasajes y Viáticos Nº 023354, de fecha 05 de junio de 2012, correspondiente a José Limbert Céspedes Soleto Chofer, para realizar acompañamiento a la Brigada Integración de los Pueblos del Chaco 2012 con el Ministerio de Planificación de Desarrollo y ADEMAF, en las regiones del Chaco, Santa Cruz, Tarija y Chuquisaca, fecha de salida 06 de junio de 2012 y fecha de retorno 08 de junio de 2012.
Fecha de emisión: 06-06-2012 |
Autorizar expresamente el viaje en comisión, efectuada mediante Formulario de Solicitud de Pasajes y Viáticos Nº 023395, de fecha 05 de julio de 2012, correspondiente al funcionario José Limbert Céspedes Soleto, Chofer Mensajero, para realizar inspección en las zonas de Guarayos y punto de ventas de almacenamiento ilegal de Carburantes en Coordinación con el COPNAG, en Guarayos, fecha de salida 06 de julio de 2012 y fecha de retorno 13 de julio de 2012.
Fecha de emisión: 06-06-2012 |
AUTORIZAR a PLUSPETROL, el abandono del GASODUCTO YABOG-MADREJONES-FRONTERA BOLIVIA/ARGENTINA, conforme a los procedimientos establecidos en la normativa vigente, y según el siguiente cronograma:
Fecha de emisión: 05-06-2012 |
Autorizar expresamente el viaje en comisión, efectuada mediante Formulario de Solicitud de Pasajes y Viáticos Nº 024571, de fecha 05 de julio de 2012, correspondiente a Iván Urquieta Sempertegui, Chofer Administrativo DAF, para realizar apoyo a la Brigada de Integración de los Pueblos, La Paz - Beni, fecha de salida 06 de julio de 2012 y fecha de retorno 15 de julio de 2012.
Fecha de emisión: 04-06-2012 |
Aprobar la ASIGNACIÓN de volúmenes de petróleo crudo para el mercado interno, realizada por YPFB a nombre y en representación del Estado y en ejercicio pleno de la propiedad de todos los Hidrocarburos producidos en el país, correspondiente al mes de JULIO de 2012, según lo siguiente:
Fecha de emisión: 04-06-2012 |
Aprobar la ASIGNACIÓN de volúmenes de petróleo crudo para el mercado interno, realizada por YPFB a nombre y en representación del Estado y en ejercicio pleno de la propiedad de todos los Hidrocarburos producidos en el país, correspondiente al mes de JULIO de 2012, según lo siguiente:
Fecha de emisión: 04-06-2012 |
Aprobar la ASIGNACIÓN de volúmenes de petróleo crudo para el mercado interno, realizada por YPFB a nombre y en representación del Estado y en ejercicio pleno de la propiedad de todos los Hidrocarburos producidos en el país, correspondiente al mes de JULIO de 2012, según lo siguiente:
Fecha de emisión: 04-06-2012 |
PRIMERO.- Aprobar la Guía Básica de Intervención Preventiva de Agencia Nacional de Hidrocarburos, según anexo adjunto a la presente Resolución y que forma parte inseparable de la misma, toda vez que no contraviene el ordenamiento jurídico vigente.
SEGUNDO.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas contrarias.
TERCERO.- La Dirección de Planificación y Desarrollo Institucional y Dirección Jurídica de la Agencia Nacional de Hidrocarburos quedan encargadas de la implantación de la Guía Básica de Intervención Preventiva, de conformidad con las normas vigentes.
Fecha de emisión: 04-06-2012 |
Autorizar expresamente el viaje en comisión, efectuada mediante Formulario de Solicitud de Pasajes y Viáticos Nº 024548 de fecha 04 de julio de 2012, correspondiente al Ing. Marco Antonio Romay Taborga, Director de Control al Mercado Interno DCMI, para asistir a la reunión de Control de Comercialización y Control de Abastecimiento, en la ciudad de Sucre, fecha de salida 05 de julio de 2012 y fecha de retorno 09 de julio de 2012.
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
En aplicación del mecanismo de cálculo del Precio Internacional, establecido en el Decreto Supremo N° 29814 de 27 de noviembre de 2008, los precios son:
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
En aplicación del Decreto Supremo Nº 29629 de 2 de julio de 2008, publicado el 3 de julio de 2008, fijar el Margen Minorista en 1,0247 Bs./m3.
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
En aplicación del mecanismo de ajuste para la alícuota del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados, establecido en los Decretos Supremos N° 27993 de 28 de enero de 2005 y 28932 de 20 de noviembre de 2006, la alícuota del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional es:
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
Disponer la INSCRIPCION de la Empresa MASAMACLAY, en la CATEGORÍA DOMESTICA en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado: RENE WILBER ROMAN TORDOYA TÉCNICO DE PROYECTOS II
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
Disponer la INSCRIPCION de la Empresa CAVA, en la CATEGORÍA DOMESTICA en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado: FERNANDO CHOQUEHUANCA KAHUASA TÉCNICO DE PROYECTOS II
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
AUTORIZAR a YPFB TRANSPORTE la recepción y transporte de 15.000 m3 (quince mil metros cúbicos) de crudo reconstituido (RECON), proveniente de la Refinería Gualberto Villarroel, transportado por el oleoducto OSSA II en el mes de JULIO DE 2012. El mismo que será recibido con una Tensión de Vapor Reid (TVR) de 12.3 psi, por encima de lo estipulado en los Términos y Condiciones Generales del Servicio de Transporte de Hidrocarburos Líquidos por Ductos (TCGS), con el objetivo de evitar el paro de la Refinería mencionada.
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
PRIMERO.- Rectificar la Resolución Administrativa ANH No. 1451/2012 de fecha 14 de junio de 2012, que dispuso la Inscripción en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos de la empresa COSMEGA S.R.L., en cuanto al nombre del representante legal, por cuanto lo correcto es: MARIA ISABEL GANDARILLAS MARTINEZ VDA. DE SUAREZ.
SEGUNDO.- La presente Resolución Administrativa producirá sus efectos en forma retroactiva al momento de vigencia de la Resolución Administrativa ANH No. 1451/2012 de fecha 14 de junio de 2012, conforme el parágrafo II del art. 21 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado mediante Decreto Supremo No. 27172, de 15 de septiembre de 2003.
TERCERO.- Encomendar la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección Jurídica y demás unidades pertinentes de la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
Rectificar La Resolución Administrativa ANH No. 1328/2012 de fecha 06 de junio de 2012, que dispuso la RENOVACION de registro de la Empresa SOLID R & M, en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural, en cuanto a la Categoría en la que fue consignada, por cuanto corresponde a la empresa SOLID R & M la CATEGORIA COMERCIAL. Manteniéndose inalterable el siguiente personal acreditado previamente: HUGO JAVIER JUANIQUINA CORANI INSTALADOR I
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
Autorizar a la empresa VIDRIO LUX SOCIEDAD ANONIMA VIDRIO LUX S.A. con NIT Nº 1023243026, la importación aproximada mensual de 250 Lts. de los aceites autorizados y 244 Kgs. de las grasas autorizadas de las marcas comerciales RING DOPE E y KLEENMOLD 170, adquiridos de la empresa proveedora TOTAL LUBRICANTS USA. INC. de Estados Unidos, con la partida arancelaria señalada de acuerdo al siguiente detalle:
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
Autorizar a la empresa AMERIX LTDA. con NIT Nº 1013583020, la importación aproximada mensual de 16.800 Lts. de aceites autorizados de las marcas comerciales NYTRO IZAR II y ORION II, adquiridos de la empresa proveedora NYNAS AB de Suecia, con la partida arancelaria señalada de acuerdo al siguiente detalle:
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
Autorizar a la empresa PRODUCTOS WAGNER BOLIVIA S.R.L. con NIT Nº 138353026, la importación aproximada mensual de 50.000 Lts. de aceites autorizados y 4.000 Kgs. de las grasas autorizadas de la marca comercial RALLYE, adquiridos de la empresa proveedora AMERICAN CARIBBEAN INC. de Estados Unidos, con la partida arancelaria señalada de acuerdo al siguiente detalle:
Fecha de emisión: 03-06-2012 |
Autorizar a YPFB, con NIT Nº 1020269020, la importación de volumen aproximado mensual de 85.000 M3. de DIESEL OIL (DO), procedente de la empresa proveedora PDVSA de Venezuela, producto que se encuentra bajo la partida arancelaria Nº 2710.19.21.00, de acuerdo a lo señalado por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y establecida en el Anexo del Decreto Supremo Nº 0572 de 14 de julio de 2010.
Fecha de emisión: 02-06-2012 |
PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la ENERGIAS DEL ORIENTE S.R.L., en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.
TERCERO.- Conforme al inciso d) del artículo 90 de la Ley de Hidrocarburos No. 3058 de 17 de mayo de 2005, la empresa deberá presentar el Formulario Único de Seguimiento a participación accionaría y Fusiones en el Sector de Hidrocarburos de acuerdo al anexo I de la Resolución Administrativa SSDH No. 0775/2005 de 20 de junio de 2005.
Fecha de emisión: 02-06-2012 |
PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la IMPORT EXPORT ATLANTICO, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.
TERCERO.- Conforme al inciso d) del artículo 90 de la Ley de Hidrocarburos No. 3058 de 17 de mayo de 2005, la empresa deberá presentar el Formulario Único de Seguimiento a participación accionaría y Fusiones en el Sector de Hidrocarburos de acuerdo al anexo I de la Resolución Administrativa SSDH No. 0775/2005 de 20 de junio de 2005.
Fecha de emisión: 02-06-2012 |
En aplicación del mecanismo de ajuste para la alícuota del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados, establecido en los Decretos Supremos Nº 27993, de 28 de enero de 2005 y 28932, de 20 de noviembre de 2006, la alícuota del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional es:
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