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DECRETO SUPREMO N° 23392
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Art. 208 de la Constitución Política del Estado establece que es misión fundamental de las Fuerzas Armadas, entre otras, asegurar el imperio de la Carta Magna, garantizar la estabilidad del Gobierno legalmente constituido y cooperar en el desarrollo integral del país;
Que asimismo, los Art. 16 y 17 de la Ley Orgánica de las FF.AA. determinan que el señor Presidente de la República y Capitán General de las FF.AA. dispodrá el empleo de las fuerzas militares en el mantenimiento del orden público y la seguridad interna de la nación, cuando las instituciones legalmente constituidas para dicho fin resulten insuficientes;
Que para el cumplimiento de tales funciones, es necesario dotar de equipo especial a tres batallones de la Policía Militar del Ejército, con asiento en las ciudades de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, así como para un batallón de la Armada;
Por tanto, es necesario autorizar la adquisición del mencionado equipo militar.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar al Ministerio de Defensa Nacional para que, con carácter excepcional, adquiera de la firma GEORGE G. PORTUGAL, el equipo militar con destino a tres batallones de la Policía Militar del Ejército y uno de la Armada Boliviana, para ser empleado en situaciones de emergencia, conforme al siguiente detalle:
PARA EL EJERCITO
Granada Tipo Mil c/descarga contínua
10.000
unid.
$us.
690.000.-
Carga de Triple separación contínua
15.000
unid.
$us.
315.000.-
Proyectil de largo alcance
15.000
unid.
$us.
156.000.-
Escopeta lanza gas 37 mm.
300
unid.
$us.
117.000.-
Pistola lanza gas 37 mm.
25
unid.
$us.
9.000.-
Escudo Transp. contra disturbios
1.000
unid.
$us.
72.000.-
Escopeta Massberg cal. 12
750
unid.
$us.
273.000.-
Bastón Eléctrico 26”
5
unid.
$us.
425.-
Máscara de gas # 68 con filtro
1.300
unid.
$us.
169.000.-
Cartuchos Cal. 12 c/proyectil de goma
10.000
unid.
$us.
36.000.-
David - proyectil de penetración
10.000
unid.
$us.
36.000.-
Cartuchos cal. 12 c/perdigones caucho
10.000
unid.
$us.
36.000.-
Megáfono “Audio - Pack”
60
unid.
$us.
28.680.-
Walkie Talkie
60
unid.
$us.
28.080.-
Bastones de aluminio
1.287
unid.
$us.
36.036.-
Chaleco GPG color plomo
1.300
unid.
$us.
117.000.-
TOTAL FOB MIAMI
$us.
1.619.971.-
PARA LA ARMADA
Escopeta lanza gases 37 mm.
27
unid.
$us.
10.530.-
Pistola lanza gases 37 mm.
27
unid.
$us.
9.720.-
Escopeta Masberg cap. 9 cartuchos
24
unid.
$us.
8.760.-
Granada gases de mano
2.750
unid.
$us.
57.750.-
Cartucho cal. 12 c/proyectil goma
5.000
unid.
$us.
18.000.-
Proyectil de penetración cal. 12
5.000
unid.
$us.
18.000.-
Cartucho c/perdigones goma
5.000
unid.
$us.
18.000.-
Bastón de aluminio PR 24
243
unid.
$us.
6.804.-
Distraction device
275
unid.
$us.
11.000.-
Cargadores distraction device
1.000
unid.
$us.
14.300.-
Máscaras de gas
275
unid.
$us.
35.750.-
Chaleco GPG portagranada
275
unid.
$us.
24.750.-
Escudo transp. contra disturbios
188
unid.
$us.
13.536.-
Megáfonos: Audio - Pack
10
unid.
$us.
4.870.-
Cascos de disturbios
275
unid.
$us.
21.450.-
Pistolas cal. 9 mm. c/2 caserinas
275
unid.
$us.
114.400.-
TOTAL FOB Miami
$us.
387.620.-
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizar al Tesoro General de la Nación el pago de $us. 2.007.591 (DOS MILLONES SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO DOLARES AMERICANOS) o su equivalente en moneda nacional por la adquisición del material que se detalla en el Art. anterior del presente Decreto Supremo, con cargo al Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional de la presente gestión.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores.
TEXTO DE CONSULTA
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