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DECRETO SUPREMO Nº 06404

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que por razones de mejor servicio se ha resuelto crear el cargo de Consejero Económico en la Embajada de Bolivia en Washington, cuyos haberes serán cancelados con los aportes provenientes de la Corporación Minera de Bolivia, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, Corporación Boliviana de Fomento, Banco Minero de Bolivia y Ministerio de Economía Nacional.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Créase el cargo de Ministro Consejero en la Embajada de Bolivia en Washington, con el haber de $us. 1.300 mensuales.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto disponer los fondos provenientes de los aportes de la Corporación Minera de Bolivia, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, Corporación Boliviana de Fomento, Banco Minero de Bolivia y Ministerio de Economía Nacional, para el pago mensual de los haberes y gastos de instalación del Ministro Consejero de la Embajada de Bolivia en Washington, hasta la suma de $us. 14.000, por lo que resta del año actual.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y tres años.

 

FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, J. Fellman Velarde, A. Cuadros Sánchez, José Antonio Arze, J. L. Gutiérrez G., Mario V. Guzmán Galarba, Gral. E. Nogales Ortiz, A. Gumucio Reyes, Cnl. Guillermo Ariñez, Guillermo Jáuregui, Simón Cuentas, R. Jordán Pando.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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