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LEY N° 3146

LEY DE 15 DE AGOSTO DE 2005

 

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO 1. Declárase patrimonio cultural de Bolivia a la Festividad Folclórica – Religiosa de los “Chutillos”, en devoción a su Santo Patrono de San Bartolomé y a la victoria de Tomás Katari, que se celebra del 24 al 31 de agosto de cada año en la ciudad de Potosí y la localidad de “La Puerta”, con el objeto de preservar las tradiciones, costumbres, folclore y espíritu religioso.

 

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo a través del Viceministerio de Cultura queda encargado de tramitar y obtener los recursos financieros nacionales internacionales, para promover e incentivar la realización de esta Festividad, resaltando su importancia y fomentando su promoción turística, el espíritu religioso, las costumbres y características de los “Chutillos” y el hecho histórico mencionado en el Artículo 1.

 

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cinco años.

Fdo. Mario Diego Justiniano A. Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo P., Ernesto Poppe Murillo, Aurelio Ambrosio Muruchi.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de agosto de dos mil cinco años.

 

FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Iván Avilés Mantilla, Carlos Díaz Villavicencio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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