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DECRETO SUPREMO Nº 06401

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto-Ley No. 02771 de 28 de noviembre de 1951, se autorizó a la Alcaldía Municipal de Tarija, a ceder gratuitamente y a título perpetuo al Ministerio de Gobierno, el inmueble ocupado por el Regimiento de Policía “Dilo Martínez Lara”, con objeto de construir en él, las reparticiones y cuarteles destinados al Distrito Policial de Tarija;

 

Que no habiéndose extendido aún la escritura pública, traslativa de dominio, conforme a la determinación contenida en la segunda parte del Artículo lo del citado Decreto- Ley, es de urgente necesidad llenar dicho requisito a fin de perfeccionar la aludida cesión, máxime si el Distrito Policial de Tarija se halla en posesión del inmueble por el espacio de 19 años y ha hecho obras consistentes en la construcción de varias reparticiones nuevas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO. - Extiéndase la correspondiente escritura pública de cesión gratuita y a título perpetuo, del inmueble actualmente ocupado por el Regimiento “Dilo Martínez Lara”, en favor de la Policía Boliviana, la que será firmada por el señor Alcalde Municipal de Tarija y por los señores Prefecto del Departamento, Fiscal del Distrito y Contralor Departamental, en representación del Supremo Gobierno.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y tres años.

 

FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, J. Fellman Velarde, José Antonio Arze, J. LI. Gutiérrez Granier, Gral. E. Nogales Ortiz, A. Cuadros Sánchez, Cnl. Guillermo Ariñez, A. Gumucio Reyes, Guillermo Jáuregui, Simón Cuentas, R. Jordán Pando.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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