TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

DECRETO SUPREMO N° 22377

DECRETO SUPREMO N° 22377

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la ley No 1052 de febrero 8 de 1989, aprobó el Presupuesto Consolidado del Sector Público para su vigencia durante el presente período fiscal.

 

Que la Corte Nacional Electoral precisa una transferencia interinstitucional de recursos que le permita desarrollar con normalidad sus específicas funciones.

 

Que se ha establecido la existencia de saldos disponibles en el Presupuesto aprobado del Ministerio de Finanzas, gestión 1989, por lo que de conformidad al artículo 19 del D.S. 21364 de agosto 13 de 1986, en concordancia con el artículo 9 de la Ley Nº 1052 de febrero 8 de 1989, corresponde efectuar traspaso interinstitucional de recursos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

Se autoriza al Ministerio de Finanzas para que de su Presupuesto de Funcionamiento, gestión 1989, efectúe transferencia interinstitucional de recursos en favor de la Corte Nacional Electoral por la suma de Un Millón Setecientos Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y Cinco Bolivianos (Bs 1.767.465.-), financiados por el Tesoro Nacional y de acuerdo al siguiente detalle:

ORGANISMO

: MINISTERIO DE FINANZAS

CAPITULO I

: FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01

: FORMULACION Y EJECUCION DE LA POLITICA

ECONOMICA

SUBPROGRAMA 01

: FORMULACION DE LA POLITICA DE INGRESOS

ACTIVIDAD 02

: SERVICIO DE RECAUDACION ADUANERA

RECURSOS

: TESORO GENERAL DE LA NACION

CESTION

: 1 9 8 9

 

(En Bolivianos)

 

DE:

 

700

TRANSFERENCIAS

1.767.465.-

 

 

 

710

Al Sector Privado

1.767.465.-

 

 

 

713

Subsidios o Subvenciones

1.767.465.-

 

 

 

 

TOTAL

1.767.465.-

 

A:

 

ORGANISMO

: CORTE NACIONAL ELECTORAL

 

CAPITULO I

: FUNCIONAMIENTO

 

PROGRAMA 01

: H. CORTE NACIONAL ELECTORAL

 

SUBPROGRAMA

01

 

: ELECCIONES GENERALES

ACTIVIDAD

01

 

: ADMINISTRACION GENERAL

RECURSOS

: TESORO GENERAL DE LA NACION

 

GESTION

: 1 9 8 9

 

(En Bolivianos)

 

100

SERVICIOS PERSONALES

1.117.473.-

120

Empleados no permanentes

1.117.473.-

200

SERVICIOS NO PERSONALES

80.736.-

210

Servicios básicos

33.236.-

211

Comunicaciones

33.236.-

260

Otros Servicios No Personales

47.500.-

262

Asignaciones Globales

47.500.-

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

401.756.-

310

Para Oficina

77.772.-

311

Papelería y Suministros Varios

77.772.-

320

Para usos varios

323.984.-

322

Vestuario y Textiles

108.-

323

Alimentos

152.377.-

325

Lubricantes y Combustible

96.211.-

327

Construcción y edificación

11.015.-

328

Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores

52.773.-

329

Otros materiales y suministros

11.500.-

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

167.500.-

430

Maquinaria y equipo

160.000.-

431

Equipo de Oficina y Muebles

150.000.-

433

Equipo de transporte, tracción y elevación

5.000.-

436

Equipo educacional y recreativo

5.000.-

440

Activos Financieros

7.500.-

441 Títulos y Valores

7.500.-

T o t a l:

1.767.465.-

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y nueve años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Walter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|