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DECRETO SUPREMO Nº 22926

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, ha instalado en Riberalta, Beni, en el marco de implantación de su sistema DOMSAT, una estación terrena para comunicación satelital, viabilizando la posibilidad de otorgar, por medio de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos de Riberalta, COTERI, comunicaciones de larga distancia nacionales e internacionales de discado directo, a cuyo fin esta última debe adecuar sus instalaciones y adquirir equipos de interconexión apropiados y compatibles con el sistema automatizado de ENTEL.

 

Que COTERI ha solicitado a ENTEL, para cubrir los costos de ampliación y automatización de sus instalaciones, un crédito por Sus. 142.677,80, financiamiento autorizado por el directorio de ENTEL mediante resolución 36/91 de 14 de junio de 1991 que permitió iniciar negociaciones con COTERI para concretizar el préstamo solicitado.

 

Que ENTEL, con ésos antecedentes, ha firmado un contrato de financiamiento en favor de COTERI, que precisa ser aprobado por decreto supremo.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTiCULO UNICO.- Se aprueba el contrato de financiamiento suscrito por la EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, ENTEL, con la COOPERATIVA DE TELEFONOS AUTOMATICOS DE RIBERALTA, COTERI, destinado a la adecuación de sus instalaciones y la adquisición de equipos de interconexión apropiados y compatibles con el sistema automatizado de ENTEL, bajo las siguientes condiciones:

 

Monto : CIENTO CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE 80/100 DOLARES AMERICANOS (Sus. 142.677.80).

 

Plazo : El resultante del sistema de amortización acordado.

 

Intereses : Once por ciento anual (11%).

 

Penalidades: Siete por ciento anual (7%) en caso de mora.

 

Garantías: Todos los bienes de Coteri habidos y por haber especialmente los equipos a ser adquiridos con el préstamo.

 

 

Los señores Ministros de Estado en los despachos de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, así como Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de octubre de mil novecientos noventa y un años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Marcelo Pérez Monasterios Min. RR.EE. y Culto a.i., Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Helga Salinas Campana Min. Finanzas a.i., Abigail Pérez Medrano Min. Educación y Cultura a.i., Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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