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DECRETO SUPREMO Nº 17187

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de Chuquisaca ha realizado un estudio de Factibilidad Técnico Económico para la instalación del Matadero Municipal de Alto Garcilazo en la ciudad de Sucre.

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de Chuquisaca ha realizado la Licitación Pública correspondiente de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Ley No 15192 de 15 de diciembre de 1977 habiéndose adjudicado la instalación del Matadero Municipal a la firma Mercantil Sudamericana Ltda. de Bolivia y Kracia S. A. de Argentina.

 

Que, por otra parte la H. Alcaldía Municipal de Chuquisaca solicita un préstamo al Banco Central de Bolivia con cargo a la línea de crédito del Convenio suscrito entre los Bancos Centrales de Bolivia y Argentina.

 

Que, es necesario aprobar dicha adjudicación mediante el instrumento legal correspondiente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de la H. Alcaldía Municipal de Chuquisaca, en favor de las Firmas asociadas Mercantil Sudamericana Ltda. y KRACIA S.A. para la instalación del Matadero Municipal de Alto Garcilazo en Sucre por el precio total de $us. 894.950.- (OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA DOLARES AMERICANOS) o su equivalente en moneda nacional.

 

ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia conceder un préstamo de $us. 807.452.50 (OCHOCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS 50/100 DOLARES AMERICANOS) con cargo a la línea de crédito de Dólares Americanos Cincuenta millones, otorgada por el Banco Central de la República Argentina al Banco Central de Bolivia.

 

ARTÍCULO 3.- Los términos y condiciones del préstamo serán acordados entre el Banco Central de Bolivia y la H. Alcaldía Municipal de Chuquisaca a tiempo de suscribirse el correspondiente Contrato

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos dias del mes de enero de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Julio Garrett Aillón, Jorge Selum Vaca Diez, Miguel Ayoroa Montaño, Jorge Agreda Valderrama, Augusto Cuádros Sánchez, Carlos Carrasco Fernández, Hugo Velasco Rosales, Oscar Garcia Suarez, Luis Añez Alvarez, Victor Quinteros Rasguido, Ayda Claros de Bayá, René Higueras del Barco, Gastón Aráoz, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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