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DECRETO SUPREMO Nº 17155

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de La Paz, esta poniendo en ejecución un plan de emergencia para solucionar los problemas propios de la época de lluvias, en defensa de la seguridad de la propiedad privada, pública y de las personas.

 

Que, para llevarlo a la práctica requiere el concurso del Estado debido a las limitaciones de sus recursos propios.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia otorgar un crédito a la H. Alcaldía Municipal de La Paz de 60.000.000.00, (SESENTA MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS) con destino a financiar, en parte, la ejecución de su plan de emergencia y otras obligaciones conexas.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El plazo, garantías y demás condiciones relativas al crédito serán establecidas de comun acuerdo entre el Banco Central de Bolivia y la H. Alcaldía Municipal de La Paz.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro dias del mes de diciembre de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Julio Garret Aillón, Jorge Selum Vaca Diez, Miguel Ayoroa Montaño, Jorge Agreda Valderrama, Augusto Cuádros Sánchez, Carlos Carrasco Fernández, Hugo Velasco Rosales, Eduardo Arauco Paz, Oscar Garcia Suárez, Oscar Bonifaz Gutiérrez, Luis Añez Alvarez, Víctor Quinteros Rasguido, Ayda Claros de Bayá, René Higueras, Gastón Araoz, Elba Ojara de Jemio.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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