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DECRETO SUPREMO Nº 06338

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que en conformidad con la nueva ley orgánica de la Policía Boliviana de 9 de enero de 1962, es necesario dotar de un reglamento orgánico a la Academia Nacional de Policía.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO. - Apruébase el reglamento orgánico de la Academia Nacional de la Policía Boliviana en sus cincuenta y tres artículos de que consta.

 

El Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los cuatro días del mes de enero de mil novecientos sesenta y tres años.

 

FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, José Antonio Arze Murillo.

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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