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LEY N° 3308

LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 2005

 

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO 1. Créase el Instituto Tecnológico Indígena Agroecológico Capinota, “I.T.I.A.C.” en la Primera Sección de Capinota de la Provincia de Capinota del Departamento de Cochabamba, dependiente de la Universidad Mayor de San Simón.

ARTICULO 2. Dentro de las prescripciones de la presente Ley, el Instituto desarrollará sus actividades en el campo agrícola, pecuario, ganadero, piscícola y medio ambiental.

 

ARTICULO 3. Para tal efecto, el Estado, mediante el Ministerio de Hacienda, asignará recursos a la Universidad Mayor de San Simón, de conformidad a lo establecido por los Artículo 187º y 189º de la Constitución Política del Estado, para el funcionamiento y sostenimiento de este Instituto.

 

ARTICULO TRANSITORIO. La reglamentación y administración de este Instituto estará a cargo transitoriamente del Consejo de Participación Popular y la Universidad Mayor de San Simón, hasta su regulación.

 

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil cinco años.

 

FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Iván Avilés Mantilla.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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