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DECRETO SUPREMO N° 22504

LUIS OSSIO SANJINES

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Decreto Supremo N° 22468 de 6 de abril de 1990 aprueba el incremento de la masa salarial hasta el 15% para las Empresas del Sector Público y las del Sistema de Seguridad Social.

 

Que el artículo Octavo del mencionado Decreto determina que el incremento en la planilla presupuestaria debe contemplar aumentos porcentuales mayores para niveles inferiores.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Las Empresas del Sector Público y las del Sistema de Seguridad Social comprendidas en el segundo párrafo del Art.4° del D.S. 22468 deberán aplicar el incremento a la masa salarial hasta el 15% mediante una curva salarial que establezca un aumento mínimo del 18% para los trabajadores con menores ingresos.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El incremento y la curva salarial a los que se refiere el artículo anterior, de conformidad con el D.S. 22468, deben ser presentados al CONEPLAN para su respectiva aprobación.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el día once de mayo de mil novecientos noventa años.

 

FDO. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Javier Murillo de la Rocha Min. RR.EE. y Culto a.i., Raúl Loayza Montoya Min. Interior Migración y Justicia a.i., Mario Catacora Landívar Min. de la Presidencia de la República a.i., Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Mariano Baptista Gumucio, Enrique García Rodríguez, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Edgar Pozo Valdivia Min. Previsión Social y Salud Pública a.i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Fernando Rodríguez Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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