DECRETO SUPREMO N° 22421
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que por Ley No. 1052 de febrero 8 de 1989, se aprobó el Presupuesto Consolidado del Sector Público para su vigencia durante la presente gestión fiscal.
Que el Consejo Nacional de Edificaciones Escolares (CONES), ha solicitado un Presupuesto Adicional, por la percepción de ingresos provenientes de saldos bancarios al 31 de diciembre de 1988 y de la recuperación de la cartera en mora para la gestión 1989.
Que el inc. 7), artículo 96 de la Constitución Política del Estado, faculta al Presidente de la República proponer modificaciones durante la vigencia del Presupuesto aprobado; en concordancia con el artículo 64 del D.S. No. 21364 de agosto 13 de 1986 y el artículo 9° de la Ley No. 1052 de febrero 8 de 1989.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Con cargo a aprobación legislativa, se autoriza en favor del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares un Presupuesto Adicional por la suma de seiscientos trece mil seiscientos noventa y dos bolivianos (Bs. 613.692.-), por la percepción de ingresos superiores a los previstos por Ley No. 1052 de febrero 8 de 1989, financiados por Ingresos de Operación y Otros y de acuerdo al siguiente detalle:
ORGANISMO : CONSEJO NACIONAL DE
EDIFICACIONES ESCOLARES LA PAZ
CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01 : ADMINISTRACION GENERAL
SUBPROGRAMA 01 : POLITICA ADMINISTRATIVA
ACTIVIDAD 01 : SERVICIOS CENTRALES DE APOYO
RECURSOS : INGRESOS DE OPERACION Y OTROS
GESTION : 1989
INGRESOS
(en bolivianos)
Financiamiento por origen de los recursos
Código
F u e n t e
Presupuesto adicional
1989
I
NACIONALES
613.692
2
Ingresos de Operación
51.262
2.2.1
Venta de Servicios M/N
51.262
5
Otros
562.430
5.2
Saldo Gestión Anterior
343.909
5.5
Varios
218.521
T o t a l
613.692
E G R E S O S
(en bolivianos)
Clasificado por objeto del gasto
Código
D e t a l l e
Presupuesto adicional
1989
100
SERVICIOS PERSONALES
205.199
120.5.5
Empleados no permanentes
173.897
130
Previsión Social
31.302
131.5.5
Aporte Patronal IBSS
27.824
132.5.5
Aporte Patronal INV
3.478
200
SERVICIOS NO PERSONALES
56.578
210
Servicios Básicos
17.000
211.5.5
Comunicaciones
10.000
212.5.5
Energía Eléctrica y Agua
3.000
214.5.5
Imprenta
322
214.5.2
Imprenta
1.994
214.2.2.1
Imprenta
1.684
220
Servicios de Transporte y Seguros
10.000
221.2.2.1
Pasajes
2.000
222.2.2.1
Viáticos
8.000
230
Alquileres
6.700
231.2.2.1
Edificios y Terrenos
2.500
233.2.2.1
Otros Alquileres
4.200
240
Mantenimiento y Reparaciones
7.500
241.2.2.1
Edificios y Equipo
6.000
243.2.2.1
Otros por Mantenimiento y Reparaciones
1.500
250
Servicios Profesionales y Comerciales
15.378
252.2.2.1
Estudios, Investigaciones y Proyectos
12.378
253.2.2.1
Comisiones y Gastos Bancarios
3.000
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
38.500
310
Para Oficina
10.300
311.2.2.1
Papelería y Suministros Varios
10.000
320
Para usos varios
28.500
321.5.2
Limpieza y Usos Domésticos
3.500
323.5.2
Alimentos
8.000
325.5.2
Lubricantes y Combustibles
12.000
328.5.2
Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores
5.000
500
DEUDA PUBLICA
146.400
510
Interna
146.400
514.5.2
Créditos Reconocidos
146.400
600
RESERVAS
167.015
620
Sociales
167.015
621.5.2
Beneficios sociales
167.015
T o t a l
613.692
======
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación y Cultura y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de febrero de mil novecientos noventa años.
FDO. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Jorge Soruco Min. Relaciones Exteriores y Culto a.i., Guillermo Capobianco Ribera, Mario Catacora Landivar Min. Presidencia de la República a.i., Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Min. Previsión Social y S.P. a.i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.