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DECRETO SUPREMO N° 22413

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Secretario General Permanente del Consejo Nacional de Seguridad debe ser designado por el señor Presidente de la República y destinado en la respectiva orden general de las Fuerzas Armadas, conforme señala el art. 27 del reglamento del indicado organismo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 16778 de 11 de julio de 1979.

 

Que el señor Gral. Div. Luis Cordero Montellano, en actual ejercicio de la Secretaría General Permanente del CONASE, ha merecido un nuevo destino militar.

 

Que en consecuencia, es necesario designar al nuevo Secretario General Permanente para mantener la normalidad funcional y administrativa de la referida entidad.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnase Secretario General Permanente del Consejo Nacional de Seguridad al señor Gral. Div. Jaime Columba Vedia, quién será posesionado en el día.

 

El señor Ministro de Defensa Nacional queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de enero de mil novecientos noventa años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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