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DECRETO SUPREMO Nº 18305

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la Dirección General de Logística del Ministerio de Defensa Nacional, en el marco de sus específicas funciones, cuál es, el de abastecer en el racionamiento de víveres a los miembros de las Fuerzas Armadas de la Nación, solicita el dictamen del instrumento legal para que con cargo de cuenta documentada se entregue al señor CNL. DAEN. RAUL LOPEZ LEYTON, la suma de: 20.000.000,oo de pesos bolivianos, cuyo monto estará destinado a la adquisición de arroz, para el racionamiento de la gestión 1981.

 

Que por las razones anotadas en el primer considerando, es procedente dictar la disposición legal respectiva que autorice la entrega de los fondos solicitados para la adquisición de arroz en chala, para su procesamiento en el Complejo Industrial de Buena Vista, con intervención de la Contraloría en Defensa.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorizar a la Dirección General de Administración y Presupuestos, entregue con CARGO A CUENTA DOCUMENTADA al señor CNL. DAEN. RAUL LOPEZ LEYTON, Director General de Logística del Ministerio de Defensa Nacional la suma de: VEINTE MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 20.000.000.oo), para la adquisición de arroz en chala a ser procesado en el Complejo Industrial de Buena Vista - Santa Cruz, destinado al racionamiento a los miembros de las Fuerzas Armadas correspondiente a la gestión - 81.

 

Esta erogación se cargará a la Cuenta: 300 MATERIALES Y SUMINISTROS; 320 Para Usos Varios; 323 Alimentos y Víveres de Intendencia, del Presupuesto del Servicio de Defensa de la gestión financiera - 81.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y un años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Natalio Morales Mosquera, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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