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DECRETO SUPREMO Nº 16107

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la Secretaría General de Deportes y Juventudes dependiente de la presidencia de la República ha solicitado la aprobación de un Presupuesto Adicional para cumplir las diferentes obligaciones y compromisos contraídas hasta el mes de diciembre del presente año.

 

Que, analizada la anterior solicitud por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas y revisado el comportamiento presupuestario del Servicio recurrente, se establece que la Secretaría General de Deportes y Juventudes, requiere la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos del Tesoro Nacional a fin de cubrir los gastos de las necesidades expuestas. incluyendo el detalle de Ingresos y Egresos elaborado por la mencionada Dirección.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Secreatría General de Deportes y Juventudes de la Presidencia de la República con cargo a recursos del Tesoro Nacional para su vigencia en la presente gestión fiscal por la suma de SEISCIENTOS QUINCE MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 615.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

ORGANISMO : PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

PROGRAMA 03 : Secretaría General de Deportes y Juventudes

CAPITULO 1 : FUNCIONAMIENTO

RECURSOS : Tesoro Nacional

 

INGRESOS

(En pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

 

 

Presupuesto

Código

Fuente

Adicional

 

 

1978

I

NACIONALES

 

615.000.-

1,-

Tesoro Nacional

615.000.-

 

Total:

615.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EGRESOS

(En pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1978

 

 

 

200

SERVICIOS NO PERSONALES

440.000.-

 

 

 

210

Servicios Básicos

40.000.-

 

 

 

213

Publicidad é imprenta

40.000.-

 

 

 

220

Servicios de Transporte y Seguros

50.000.-

 

 

 

221

Pasajes

50.000.-

 

 

 

250

Servicios Profesionales y Comerciales

100.000.-

 

 

 

252

Estudios, Investigaciones y Proyectos

100.000.-

 

 

 

260

Otros Servicios No Personales

250.000.-

 

 

 

262

Asignaciones Globales

250.000.-

 

 

 

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

25.000.-

 

 

 

310

Para Oficina

5.000.-

 

 

 

311

Papelería y Suministros Varios

5.000.-

 

 

 

320

Para Usos Varios

20.000.-

 

 

 

323

Alimentos

20.000.-

 

 

 

700

TRANSFERENCIAS

150.000.-

 

 

 

710

Al Sector Privado

150.000.-

 

 

 

711

Pensiones, Donaciones y Premios

75.000.-

713

Subsidios o Subvenciones

75.000.-

 

 

 

 

T O T A L :

615.000.-

 

 

 

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de enero de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozalves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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