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DECRETO SUPREMO Nº 16048

GRAL. BRIG. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, en la presente gestión el presupuesto de la Universidad Boliviana confronta un déficit de ingresos en las Universidades: Mayor San Francisco Xavier de Sucre, Mayor San Andrés de La Paz, Mayor San Simón da Cochabamba y Mariscal José Ballivián del Beni, situación financiera que requiere ser regularizada mediante un desembolso extraordinario del Tesoro Nacional en favor de las mencionadas universidades para su correcta aplicación a través de un Presupuesto Adicional, en la forma prevista por el Art. 27 del D.L. Nº 15338 de 3 de marzo de 1978.

 

Que, verificadas las necesidades presupuestarias de las Universidades de Sucre, La Paz, Cochabamba y el Beni, se estima necesario determinar la aprobación de un Presupuesto Adicional a través del Ministerio de Educación y Cultura en atención al grado de dependencia.

 

Que, es deber del Supremo Gobierno dictar la respectiva norma legal incluyendo el detalle de Ingresos y Egresos elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas con el propósito de asegurar una oportuna regularización presupuestaria de la Universidad Boliviana y garantizarle un normal desenvolvimiento de sus actividades hasta el cierre de la presente gestión fiscal.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R ET A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Educación y Cultura, para la Universidad Boliviana con cargo a recursos del Tesoro Nacional, para su vigencia en la presente gestión fiscal por la suma de VEINTITRES MILONES DOSCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 23.200.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

 

 

Universidad Mayor San Francisco Xavier

 

 

de Sucre……………………………………………..….

$B.

1.600.000.-

 

 

 

Universidad Mayor San Andrés de La

 

 

Paz………………………………………………...……….

$b.

12.000.000.-

 

 

 

Universidad Mayor San Simón de

 

 

Cochabamba…………………………………...…….

$b.

8.000.000.-

 

 

 

Universidad Mariscal José Ballivián del

 

Beni…………………………………………………...….

$b.

1.600.000.-

 

 

 

 TOTAL:

 $b.

23.200.000.- 

 

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón. Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candía Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Sainz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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