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DECRETO SUPREMO N° 15316

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que, el 25 del presente mes de Febrero ha de cumplirse el bicentenario del nacimiento del Libertador argentino General José de San Martín;

Que, es deber de solaridad americana rendir justo tributo de homenaje a tan ilustre prócer.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase feriado nacional, sin suspensión de actividades públicas ni privadas, el 25 de Febrero de 1978 en recordación del bicentenario del nacimiento del egregio prócer argentino, General Don José de San Martín.

ARTÍCULO 2.- El día mencionado se realizará ante el monumento de la Plaza San General Martín de esta ciudad el homenaje oficial del Gobierno de las Fuerzas Armadas sujeto a programa especial, debiendo celebrarse actos conmemorativos en instítutos militares y planteles de educación fiscales y particulares en toda la República.

El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, que da encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de febrero de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaíme Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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