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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15208

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Decreto Supremo No 12012, se autorizó a la Empresa Siderúrgica Boliviana S.A. "SIDERSA", suscribir un contrato con la Empresa Consultora ARTHUR G. NICKEE, para la elaboración del Estudio de Factivilidad Minero Siderúrgico del Mutún.

 

Que, la Empresa ARTHUR G. MCKEE ha presentado a “SIDERSA” el Informe Final del Estudio de Factibilidad y habiendo "SIDERSA", por su parte, concluído la Evaluación Técnica-Económica del Estudio y elaborado el informe en conclusiones y recomendaciones, correspondiendo, por tanto, su consideración por parte del Gobierno Central.

 

Que, el análisis y evaluación del Estudio del Mutún debe merecer por parte del Gobierno de las Fuerzas Armadas la más profunda dedicación dada la magnitud del proyecto y sus implicaciones en los campos económico, político financiero e internacional,

 

Que, en consecuencia, es indispensable dictar normas tendentes a establecer un proceso completo de evaluación que garantice la obtención de elementos de juicio adecuados que permitan luego al Poder Ejecutivo tomar la decisión más conveniente a los intereses nacionales.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Orgánizase un Seminario Nacional para el análisis y evaluación
del Estudio de Factibilidad presentado por la Empresa ARTHUR G, MCKEE a objeto
de producir y elaborar un informe en conclusiones a consideración del Poder Ejecutivo.

 

ARTÍCULO 2.- Participarán en el Seminario Nacional de Análisis y Evaluación, representaciones de Instituciones y empresas nacionales, con la composición siguiente:

 

PRESIDENTE:

Ministro de Minería y Metalurgia y Presidente del Directorio de "SIDERSA".

 

SECRETARIO GENERAL:

Gerente General de "SIDERSA".

 

MODERADOR:

Sub Secretario de Coordinación.

 

PARTICIPANTES ESPECIALES:

 

Ministro de Planeamiento y Coordinación y Presidente de "COBOL".

 

Ministro de Interior, Migración y Justicia y Coordinación de "COBOL".

 

Ministro de Finanzas.

 

Ministro de Energía é Hidrocarburos.

 

Ministro de Industria, Comercio y Turismo.

 

Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil.

 

Jefe de Estado Mayor General del Ejército.

 

Comandante General F.A.B.

 

Comandante General F.N.B.

 

Gerente General de "COMIBOL".

 

Gerente General de Y.P.F.B.

 

Gerente General de "E.N.A.F".

 

Gerente General de "COFADENA".

 

Secretario Permanente de "CONASE".

 

PARTICIPANTES PERMANENTES:

 

Subsecretario de Planeamiento.

 

Subsecretario de Coordinación.

 

Subsecretario de Minería y Metalurgía.

 

Subsecretario de Relaciones Exteriores.

 

Subsecretario de Relaciones Exteriores.

 

Subsecretario General de Integración.

 

Gerente Técnico de "COMIBOL".

 

Gerente Técnico de ENAF.

 

Gerente Técnico del Servicio Nacional de Caminos.

 

Gerente General del Banco Central de Bolivia

 

Director de SIDERSA por COMIBOL.

 

Sub Gerente Técnico de ENDE.

 

Director de SIDERSA por MIN. FINANZAS.

 

Director de SIDERSA por MIN. MINERIA Y METALURGIA.

 

Director de SIDERSA por Y.P.F.B.

 

Director de GEOBOL.

 

Director de Hidrografía Naval.

 

Director de INDEF.

 

Representante de COBOL.

 

Sub Gerente de ENFE.

 

Corporación de Desarrollo de Cochabamba

 

Comité de OO.PP. de Santa Cruz.

 

Representante de COMIBOL.

 

Representante de COBOL.

 

Comité Nacional de Proyectos.

 

Comité Nacional de Proyectos.

 

Comité Nacional de Proyectos.

 

Comité Nacional de Proyectos.

 

Representante de la Presidencia de la República.

 

Director General de Normas y Tecnología.

 

ARTÍCULO 3.- En forma expresa se dispone la asistencia obligatoria de todos los participantes permanentes al Seminario Nacional de Análisis y Evaluación debiendo los nombrados dar prioridad a este cometido sobre cualquier otro que tuvieran de carácter oficial.

 

ARTÍCULO 4.- Toda la información y documentación proporcionada por "SIDERSA" y elaborada en el Seminario tendrá caracter de estrictamente reservado y será de uso restringido y exclusivo a los participantes, quienes serán responsables de su manejo y seguridad. Tal documentación será considerada de propiedad de "SIDERSA".

 

ARTÍCULO 5.- Encomiéndase a la Empresa Siderúrgica Boliviana S.A. "SIDERSA" la organización y reglamentación para la realización del Seminario Nacional de Análisis y Evaluación.

 

ARTÍCULO 6.- Los gastos que demanden la participación de los asistentes permanentes con base en el interior del país serán cubiertos por sus despectivas instituciones.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgía y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime. Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrígo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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