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DECRETO SUPREMO N° 15156

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el PROGRAMA DEL SATELITE TECNOLOGICO DE RECURSOS NATURALES (ERTS-GEOBOL), viene desarrollando una serie de trabajos de investigación en materia de Geología, Suelos, Cobertura y Uso Actual de la Tierra, en base de las informaciones que proporcionan las imágenes vía Satélite;

 

Que, la Universidad de Purdue, West, Lafayette, Indiana, bajo contrato con la Administración Nacional de Aeronáutica y del Espacio de los Estados Unidos (NASA), ha desarrollado el programa LARSYS 3.1, para la utilización de cintas magnéticas del satélite LANDSAT, debido a que ellas permiten obtener mayores informaciones que las que se obtienen a través de los materiales cartográficos;

 

Que, la Administración Nacional de Aeronáutica y del Espacio (NASA), debido a los positivos resultados obtenidos con los trabajos de investigación del Programa ERTS-GEO BOL, ha facilitado a éste, el Programa LARSYS 3.1, y cuarenta imágenes en forma de cintas magnéticas para su utilización en Bolivia;

 

Que, no es posible licitar la provisión de cintas magnéticas del Satélite LANDSAT por cuanto la Universidad de Purdue West Lafayette, Indiana, Estados Unidos de Norte América como ejecutora del Programa LARSYS 3.1, es la única autorizada por la Administración Nacional de Aeronáutica y del Espacio (NASA) para la entrega de dicho material.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Con carácter de excepción al D.S. de 22 de mayo de 1939, se autoriza al Programa del Sátelite Tecnológico de Recursos Naturales del Servicio Geológico de Bolivia (ERTS-GEOBOL), a suscribir con el laboratorio de Aplicaciones de PERCEPCION REMOTA (LARS) de la Universidad de Purdue, West, Lafayette, Indiana, el Contrato para la implementación del Programa LARSYS 3.1, en su tercera y última, etapa, relacionada con las funciones CLUSTER Y SEPARABILITY, para que puedan ser procesadas en la computadora DEC-10 de CENACO, por la suma de $us. 14.879.- con cargo a la partida 252.4- Estudios Investigaciones y Proyectos del Presupuesto del citado Programa, gestión 1977.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Minería y Metalurgía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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