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DECRETO SUPREMO N° 15133

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, el Decreto Supremo N° 1158 de fecha 6 de mayo de 1948, elevado a rango de Ley el 21 de diciembre del mismo año, asigna al Instituto Geográfico Militar y de Catastro Nacional, como misión específica, la formación del Mapa General de la República;

 

Que, para el cumplimiento de esta importante misión, el Instituto Geográfico Militar y Catastro Nacional, está organizado técnica y científicamente, constituyendo la única organización capaz de desarrollar esta vasta obra en resguardo de los intereses nacionales, para lo que necesita del instrumental técnico indispensable;

 

Que, el Consejo Nacional de Economía y Planificación ha aprobado la adquisición, por el Instituto Geográfico Militar, de un equipo "GEOCEIVER", por un valor de $us. 147.530.-;

 

Que, el Instituto Geográfico Militar está obteniendo un crédito del Bank of América, a objeto de cancelar el valor del equipo que adquiere;

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Instituto Geográfico Militar y de Catastro Nacional, la compra directa del instrumento "GEOCEIVER" de la Empresa "MAGNOVOX GOVERMENT & INDUSTRIAL ELECTRONICS COMPANY" de California, Estados Unidos de Norteamérica, por el monto total de CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 147.530.-).

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Instituto Geográfico Militar y de Catastro Nacional, cancelará la compra del instrumental especificado en el artículo anterior de la siguiente forma: $us. 30.000.- en la presente gestión y, el saldo con un crédito bancario.

 

ARTÍCULO TERCERO.- Se autoriza al Instituto Geográfico Militar para obtener un crédito de ciento diez y siete mil quinientos treinta dólares americanos ($us. 117.530.-), del Bank of América, el mismo que será cancelado con las asignaciones presupuestarias que el Tesoro General de la Nación hará en favor del Instituto con la finalidad de cubrir las amortizaciones del capital e intereses del préstamo que se autoriza.

 

ARTÍCULO CUARTO.- Se exceptúa al Instituto Geográfico Militar del pago del 3% de impuesto en favor del Estado por el préstamo que adquiere del Bank of América.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroga, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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