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DECRETO SUPREMO N° 15130

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, mediante Licitación Pública N° 28/77, ha convocado a propuesta para la provisión de luminarias (gestión 1977) para el sistema de alumbrado público de la ciudad de La Paz;

 

Que, habiéndose presentado a la convocatoria las firmas "Ceprel", "Casa Kavlin S.A.", "Hansa Ltda.", "Pensa Proveedora de Equipos y Materiales S.A.", "Crespo Velasco y Cía.", "Tecobol Sociedad Técnica Comercial Boliviana Ltda." Matpetrol Ltda. "Madelssa Manufactura Luminarias Screder S.A.", "Empobo Ltda.", "Proindus Representaciones Promociones Industriales Ltda.", "F.O Eximport Bolivia". "Martín Hnos. Ltda." "Industrias Bolivianas Philips S.A.", y "Raylex de Bolivia S.A.", la Junta Municipal de Licitaciones de la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, adjudicó a la firma Casa YAVLIN S.A. la Adquisición señalada por ser la más conveniente a los intereses de la Comuna;

 

Que, en atención al costo de la presente adjudicación se precisa su aprobación mediante Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación otorgada por la Junta Municipal de Licitaciones en favor de la Casa KAVLIN S.A., para la provisión de luminarlas con destino al sistema de alumbrado público de la ciudad de La Paz, por el precio total de cinco millones, quinientos ochenticuatro mil seiscientos dos 00/100 Pesos Bolivianos (5.584.602.-)

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, suscribir el contrato respectivo con la firma adjudicataria, consignando las especificaciones técnicas, cláusulas de seguridad y garantía, con la concurrencia del Contralor General de la República Fiscal de Gobierno, por ante la Notaría de Hacienda, con las formalidades de Ley.

 

ARTÍCULO TERCERO.- Libérase del pago de impuestos nacionales, departamentales y municipales, los actos relativos a la importación señalada.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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