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DECRETO SUPREMO N° 15123
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante D.S. N° 13802 de 29 de julio de 1976 se ha autorizado a la Empresa Nacional de Ferrocarriles la transferencia a título gratuito de DOS MIL SEISCIENTOS METROS CUADRADOS de terrenos de su propiedad, ubicados en la Estación de "Río Mulatos". Prov. Quijarro del Departamento de Potosí, en favor del Comité Pro-Construcciones de la escuela de dicha localidad y con destino exclusivo a la construcción de un establecimiento educacional;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el mencionado Decreto Supremo, se ha suscrito la escrituración correspondiente con referencia a los terrenos señalados, habiendo pasado los mismos a propiedad del Comité Pro-Construcciones de "Río Mulatos" y a nombre de dicha entidad;
Que, al no contar el Comité Pro-Construcciones de Río Mulatos con fondos suficientes para realizar la construcción, del Establecimiento Educacional, ha solicitado al Consejo Nacional de Edificaciones Escolares la construcción de referencia;
Que, el Consejo Nacional de Edificaciones Escolares (CONES), para efectuar trabajos de construcción destinados a Establecimientos Educacionales, requiere indispensablemente que los terrenos respectivos, estén inscritos a nombre del Portafolio de Educación y Cultura, requisito sin el cual no puede procederse a los desembolsos correspondientes;
Que, con este fin, es necesario proceder a la transferencia correspondiente de dichos terrenos por parte del Comité Pro-Construcciones de Río Mulatos en favor del Ministerio de Educación y Cultura para viabilizar a través de CONES la construcción del local destinado a un establecimiento educacional en la Estación de Río Mulatos del departamento de Potosí, por lo que;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Dispónese que el Comité Pro-Construcciones de Río Mulatos, transfiere en favor del Ministerio de Educación y Cultura, los terrenos que le fueron concedidos por la Empresa Nacional de Ferrocarriles para la construcción de un establecimiento educacional mediante D.S. Nº 13802 de 29 de julio de 1976 años, para cuyo efecto deberá suscribirse la minuta de transferencia correspondiente.
ARTÍCULO 2.- Efectuada la transferencia el Consejo Nacional de Edificaciones Escolares "CONES", deberá programar la construcción del inmueble para el funcionamiento de un establecimiento educacional de la Estación de Río Mulatos de la Provincia Quijarro del departamento de Potosí.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación y Cultura, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Anbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.
TEXTO DE CONSULTA
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