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DECRETO SUPREMO N° 15109
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Ley N° 14244 de 30 de diciembre de 1976, que aprueba el Presupuesto Consolidado del Sector Público para la gestión fiscal de 1977. prevé en el Capítulo de inversiones con fuente de recursos internos, un préstamo de $b. 30.000.000.- en favor de la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, con destino al financiamiento parcial del Plan Operativo y la ejecución de obras de infraestructura urbana en la ciudad de Cochabamba;
Que, mediante Decreto Supremo No- 14470 de 5 de abril de 1977, con el propósito dar una solución de emergencia al crítico problema del agua potable en la ciudad de Cochabamba, se dispuso que la Comisión Técnica Institución el conformada por la H. Alcaldía Municipal SEMAPA, CORDECO Y YPFB cubran con sus presupuestos de gestoón y con cargo a recursos propios, al financiamiento de las obras de captación de aguas subterraneas en la zona de Vinto y su transporte por tubería hasta la planta de tratamiento de Cala-Cala:
Que H. Alcaldía Municipal de Cochabamba debe aportar al proyecto la suma de $b. 5.000.000.- de acuerdo a la Resolución Municipal N° 1483/77, de 3 de agosto de 1977:
Que, dicha obligación de la Comuna Cochabambina no estuvo prevista en la gestión del presente año y constituye, por tanto, una erogación extraordinaria que comprometa los fondos municipales destinados al financiamiento de obras de infraestructura urbana en actual ejecución:
Que, siendo el proyecto de captación de aguas subterráneas una obra prioritaria y de emergencia y debiendo al Municipio de Cochabamba reajustar su presupuesto actual por los motivos señalados, corresponde al Supremo Gobierno otorgarle el apoyo necesario;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia para conceder un préstamo de CINCO MILLONES oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 5.000.000.-), en favor de la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba para que esta pueda cubrir su cuota parte en el Cómite Técnico interinstitucional creado por Decreto Supremo N° 14470, que tiene a su cargo el proyecto de captación de aguas subterráneas en la zona de Vinto y su traslado por tubería hasta la planta de tratamiento de Cala - Cala.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los términos y condiciones del contrato de préstamo serán acordados entre el Banco Central de Bolivia y la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba.
ARTÍCULO TERCERO.- El Banco Central de Bolivia en la presente gestión desembolsará la suma de $b. 3.500.000.- y en la gestión de 1978 el saldo de $b. 1.500.000.
ARTÍCULO CUARTO.- La H. Alcaldía Municipal de Cochabamba consignará la cobertura del préstamo en sus presupuesto de las gestiones de 1978 y 1979.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y siete días del mes de noviembre de mil novecientos setenta siete años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñez Reyes, Carlos Rodrígo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfosnso Villalpando Armaza: Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.
TEXTO DE CONSULTA
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