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TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
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DECRETO SUPREMO N° 15105

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, en el Presupuesto vigente de la Universidad Boliviana se registra un deficit de $b. 50.034.000.- originado en la confrontación de gastos extraordinarios por la adquisición de equipos de laboratorio e investigación cientifica, ampliación de la infraestructura física y creación de unidades academicas, situación financiera que requiere ser regularizada con la entrega de $b. 15.000.000.- con cargo a la participación del 5% sobre Renta Neta Nacional: y un soporte extraordinario del Tesoro Nacional por $b. 35.034.000.-, para su aplicación a través de un Presupuesto Adicional en la forma prevista por el Art. 27 del D.L. Nº 14244 de 30 de diciembre de 1976.

 

Que, verificadas las necesidades presupuestarias de la Universidad Boliviana por los órganos pertinentes del Ministerio de Finanzas, se estima necesario determinar la aprobación del referido Presupuesto Adicional por el monto global que representa el deficit señalado a traves del Ministerio de Educación y Cultura en atención al grado de dependencia.

 

Que, es deber del Supremo Gobierno dictar la respectiva norma legal incluyendo el detalle de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, con el propósito de asegurar una apertura regularización presupuestaria de la Universidad Boliviana y garantizarle un normal desenvolvimiento de sus actividades hasta el cierre de la presente gestión fiscal.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase a la Dirección General del Tesoro Nacional para que con cargo a la participación del 5% sobre la Renta Neta Nacional entregue a la Universidad Boliviana, la suma de QUINCE MILLONES oo/100 DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 15.000.000.-), con sejeción a liquidación posterior.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Asímismo se autoriza al Tesoro General de la Nación, entregar a la Universidad Boliviana la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 35.034.000.-), en calidad de soporte financiero extraordinario, destinado a solventar el deficit en su Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO TERCERO.- Con cargo a los recursos contemplados en los dos artículos precedentes, se aprueba el Presupuesto Adicional del Ministerio de Educación y Cultura para la Universidad Boliviana a través del Consejo Nacional de Educación Superior, por la suma global de CINCUENTA MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 50.034.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

 

 

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Presupuesto

Código

Fuente

Adicional

 

 

1977

I

NACIONALES

50.034.000.-

 

 

 

1.-

Tesoro Nacional

50.034.000.-

 

 

 

 

T o t a l:

50.034.000.-

 

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

CLASIFICACION DEL PROGRAMA POR OBJETO DEL GASTO :

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1977

700

TRANSFERENCIAS

50.034.000.-

 

 

 

720

AL SECTOR PUBLICO

50.034.000.-

 

 

 

721

TRANSFERENCIAS CORRIENTES POR

 

 

PARTICIPACION EN TRIBUTOS

15.000.000.-

 

 

 

 

ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA

 

 

 

 

 

2.- INSTITUCIONES PUBLICAS

 

 

 

 

 

Universidad Boliviana (Consejo Nacional de

 

 

Educación Superior)

15.000.000.-

 

 

 

722

TRANSFERENCIAS CORRIENTES POR

20.769.500.-

 

SUBSIDIOS O SUBVENCIONES

 

 

 

 

 

ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA

 

 

 

 

 

2. -INSTITUCIONES PUBLICAS

 

 

 

 

 

Universidad Boliviana (Consejo Nacional de

 

 

Educación Superior)

20.769.500.-

 

 

 

724

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL POR

 

 

SUBVENCIONES

14.264.500.-

 

 

 

 

ADMININISTRACION DESCENTRALIZADA

 

 

 

 

 

2.-INSTITUCIONES PUBLICAS

 

 

 

 

 

Universidad Boliviana (Consejo Nacional de

 

 

Educación Superior)

14.264.500.-

 

T o t a l:

50.034.000.-

 

 

 

 

ARTÍCULO CUARTO.- La Universidad Boliviana, como organismo de anterior transferencia se sujetará en su aplicación al siguiente detalla de ingresos y egresos:

 

CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR

 

 

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Presupuesto

Código

Fuente

Adicional

 

 

1977

I

NACIONALES

50.034.000.-

 

 

 

4.-

 

TRANSFERENCIAS

 

MINISTERIO DE ESTADO

50.034.000.-

 

 

 

 

Ministerio de Educación y Cultura

 

 

(Tesoro General de la Nación)

50.034.000.-

 

 

 

 

T o t a l:

50.034.000.-

 

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

CLASIFICACION DEL PROGRAMA POR OBJETO DEL GASTO :

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1977

 

 

U.B.M.S.F.X. SUCRE

 

4.271.400.-

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

1.366.800.-

 

 

 

400.4

ACTIVOS FIJOS FINANCIEROS

2.904.600.-

 

 

 

 

U.B.M.S.A. LA PAZ

18.812.300.-

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

6.032.100.-

 

 

 

200.4

SERVICIOS NO PERSONALES

1.290.900.-

 

 

 

300.4

MATERIALES Y SUMINISTROS

2.259.100.-

 

 

 

400.4

ACTIVOS FIJOS FINANCIEROS

4.841.000.-

 

 

 

500.4

DEUDA PUBLICA

1.652.400.-

 

 

 

600.4

RESERVAS

1.536.200.-

 

 

 

700.4

TRANSFERENCIAS

1.200.600.-

 

 

 

 

U.B.M.S.S. COCHABAMBA

8.521.000.-

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

3.747.800.-

 

 

 

400.4

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

1.936.400.-

 

 

 

500.4

DUEDA PUBLICA

2.633.500.-

 

 

 

600.4

RESERVAS

203.300.-

 

 

 

 

U.B.G.R.M. SANTA CRUZ

5.228.300.-

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

2.556.000.-

 

 

 

400.4

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

1.742.800.-

 

 

 

500.4

DEUDA PUBLICA

619.700.-

 

 

 

700.4

TRANSFERENCIAS

309.800.-

 

 

 

 

U.B.T.F. POTOSI

4.578.800.-

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

1.545.200.-

 

 

 

400.4

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

2.130.000.-

 

 

 

500.4

DEUDA PUBLICA

206.500.-

 

 

 

600.4

RESERVAS

271.100.-

 

 

 

700.4

TRANSFERENCIAS

426.000.-

 

 

 

 

U.B.T.O. ORURO

3.505.800.-

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

988.500.-

 

 

 

400.4

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

2.517.300.-

 

 

 

 

U.B.J.M.S. TARIJA

4.491.200.-

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

899.100.-

 

 

 

400.4

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

3.291.900.-

 

 

 

500.4

DEUDA PUBLICA

51.700.-

 

 

 

600.4

RESERVAS

248.500.-

 

 

 

 

U.B.J.B. TRINIDAD

625.200.-

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

625.200.-

 

T O T A L G E N E R A L :

50.034.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valada, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechin Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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