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DECRETO SUPREMO N° 15094

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo N° 14438 fué declarada de necesidad y utilidad pública, la expropiación de los terrenos pertenecientes al Club Hípico Nacional "Hipódromo" de la ciudad de Cochabamba con destino a la construcción de la infraestructura cuartelaria de la Escuela Nacional de Equitación dependiente del Comando General del Ejército.

 

Que, la construcción é instalación de la Escuela Militar de Equitación requiere la correspondiente planificación, que demandará los correspondientes estudios para aconsejar el proyecto más adecuado a las necesidades de este servicio.

 

Que, (mientras sea concluido el estudio con una ubicación del proyecto más conveniente a sus características, no es necesario definir o concretar el terreno.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Abrógase el Decreto Supremo N° 14438 de 25 de marzo de 1977.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes del noviembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valada, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrígo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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