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DECRETO SUPREMO Nº 15866

GRAL. JUAN PEREDA ASBUN

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, el Ministerio de Defensa Nacional adquirió un lote de terreno de 1.882 m2. situado al final de la calle prolongación Gral. Guilarte de la zona de Miraflores de esta ciudad, con destino exclusivo a la construcción de viviendas en favor de los señores Suboficiales y Clases de las Fuerzas Armadas;

 

Que, asimismo, la Presidencia de la República con igual finalidad construyó en dichos terrenos un edificio multifamiliar de 5 plantas y un total de 46 departamentos con una inversión de $b. 6.800.012.72;

 

Que, cumplidos que han sido, tanto por parte del Ministerio de Defensa Nacional como de la Presidencia de la República, los objetivos sociales de la indicada adquisición, corresponde disponer la transferencia tanto del lote de terreno como del edificio en el construido, en favor de los Suboficiales y Clases de las Fuerzas Armadas, agrupando en la Asociación Nacional de Suboficiales y Clases (ASINALCLAS);

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional transferir en favor de la Asociación Nacional de Suboficiales y Clases, el terreno de su propiedad cuya extensión alcanza a 1.882 m2 situados en la prolongación de la calle Gral. Guilarte de la zona de Miraflores de esta ciudad, y que fuera adquirido en fecha 4 de julio de 1972 de su anterior propietario señor Pacífico Aparicio M.

 

ARTÍCULO 2.- En igual forma se autoriza a la Presidencia de la República transferir en favor de la misma Asociación el edificio construido con fondos propios en el terreno antes indicado, que consta de 5 plantas y 46 departamentos.

 

ARTÍCULO 3.- La presente transferencia queda liberada del pago de impuestos a la renta y municipales, debiendo extenderse las respectivas escrituras de transferencia con intervención de las autoridades llamadas por ley.

 

Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de octubre de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Raúl Lema Patiño, Walter Castro Avendaño, Jorge Tamayo Ramos, Hernando García Vespa, Alfredo Franco Guachalla, Edwin Tapia Frontanilla, Jorge Burgoa Alarcón, Ismael Castro, Montaño; Guillermo Escóbar Uhry, Jaime Larrazábal L., Oscar Román Vaca, Gastón Moreira Ostria, Guillermo Bilbao La Vieja.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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