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DECRETO SUPREMO Nº 15846

GRAL. JUAN PEREDA ASBUN

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República, precisa de un refuerzo presupuestario para dar cobertura a la realización de la XIX Asamblea Ordinaria de la Comisión Interamericana de la Mujer (C.I.M.) aprobada en la décima octava asamblea, siendo necesario afrontar estos múltiples gastos que demandan dicha reunión que se realizará en la ciudad de La Paz del 26 de octubre al 4 de noviembre del presente año;

 

Que, analizado el anterior requerimiento por la Dirección General de Presupuesto del Ministro de Finanzas y revisado el comportamiento presupuestario del servicio recurrente, se establece que la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República, requiere la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a Recursos del Tesoro Nacional a fin de cubrir los gastos de la Asamblea a realizarse próximamente, incluyendo el detalle de ingresos y egresos elaborando por la Dirección General de Presupuesto.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República, con cargo a recursos del Tesoro Nacional, para su vigencia en la presente gestión fiscal, por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.471.600.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

JUNTA NACIONAL DE ACCION SOCIAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CAPITULO I:

FUNCIONAMIENTO

 

 

 

 

PROGRAMA 01:

ACCION SOCIAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

 

 

Código

F u e n t e

Presupuesto Adicional 1978

 

 

 

 

 

 

 

 

 

I

 

NACIONALES

 

2.471.600.-

 

 

1.-

 

Tesoro Nacional

2.471.600.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

T o t a l :

 

2.471.600.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto Adicional 1978

 

 

 

 

 

 

 

 

 

100

 

SERVICIOS PERSONALES

156.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

120

 

Empleados No Permanentes

156.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

2.265.600.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

210

 

Servicios Básicos

248.700.-

 

 

213

 

Publicidad é Imprenta

248.700.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

230

 

Alquileres

 

585.600.-

 

 

232

 

Equipos y Maquinarias

585.600.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

260

 

Otros Servicios No Personales

1.431.300.-

 

 

262

 

Asignaciones Globales

1.431.300.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

300

 

MATERIALES Y SUMINISTROS

50.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

310

 

Para Oficina

 

50.000.-

 

 

311

 

Papelería y Suministros Varios

50.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

T o t a l :

 

2.471.600.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Faustino Rico Toro, Walter Castro Avendaño, Raúl Lema Patiño, Hernando García Vespa, Alfredo Franco Guachalla, Edwin Tapia Frontanilla, Jorge Burgoa Alarcón, Ismael Castro Montaño, Guillermo Escóbar Uhry, Jaime Larrazábal L., Oscar Ramón Vaca, Gastón Moreira Ostria, Guillermo Bilbao La Vieja.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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