DECRETO LEY Nº 18865
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante D. L. No 18736 de 2 de diciembre de 1981, se autorizó a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, transferir a título gratuíto 14.737.86 mts2. de terrenos de su propiedad, ubicados en la región de la Coronilla de la ciudad de Cochabamba, en favor de 95 adjudicatarios de la Cooperativa de Vivienda de los Trabajadores Ferroviarios de Cochabamba.
Que la H. Alcaldía Municipal dentro del plan regulador que rige el desarrollo de la ciudad de Cochabamba y sus zonas circunvecinas, mediante Ordenanzas Municipales, ha declarado a esa región Monumento Nacional de San Sebastian.
Que la finalidad a que se destina dicha superficie que es el de preservar el patrimonio histórico de la Nación, debe merecer prioritaria atención por parte de las autoridades de Gobierno y a fin de contribuír al mejor desarrollo del Departamento de Cochabamba conviene dejar sin efecto la anterior disposición legal, disponiendo, a la vez, una justa compensación en favor de los trabajadores ferroviarios de Cochabamba.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Abrógase el D. L. No 18736 de 2 de diciembre de 1981, por el cual se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles transferir 14.737.86 mts2. de terrenos de su propiedad, ubicados en la región de la Coronilla de la ciudad de Cochabamba, por haberse declarado este lugar Monumento Nacional.
ARTÍCULO 2.- La H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, previo acuerdo con los adjudicatarios de la Cooperativa de Vivienda de los Trabajadores Ferroviarios de esa ciudad, compensará con terrenos de propiedad municipal en igual superficie.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez Garcia, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Adolfo Linares Arraya, Javier Alcoreza Melgarejo, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hofman Bang Soleto, Edmundo Pereira Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.