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DECRETO SUPREMO N° 05681

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Poder Legislativo, en uso de la atribución 18 del artículo 58 de la Constitución Política del Estado, ha constituído la Corte Suprema de Justicia;

 

Que los Ministros Cornelio Fernández, Néstor Cevallos Tovar y José A. Bertran han formulado renuncia de los cargos para los cuales han sido elegidos;

 

Que el Poder Ejecutivo está facultado por la atribución 20 del artículo 94 de la Constitución Política, a nombrar interinamente en casos de renuncia a los empleados que deban ser elegidos por otro Poder, cuando éste se encuentre en receso.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnase, con carácter interino, Ministros de la Corte Suprema de Justicia, a los ciudadanos Hernán Barrientos, Hugo Zambrana y Juan C. Villalpando.

 

El señor Ministro de Estado en el despacho de Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de enero de mil novecientos sesenta y un años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Cnl. E. Rivas Ugalde, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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