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DECRETO SUPREMO Nº 16317

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA

MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Corporación Boliviana de Fomento mediante Licitación Pública Nº 9/78, ha convocado a las firmas comerciales e industriales legalmente establecidas en el país, para la provisión de repuestos, accesorios, materiales químico y otros, destinados a la reposición y reacondicionamiento de equipos de sus Ingenios Azucareros de Bermejo;

 

Que, presentadas y abiertas las propuestas en el plazo señalado, la Junta de Licitaciones de CBF luego de considerar el Informe de la Comisión Calificadora en su reunión de 16 de agosto de 1978, resolvió declarar desierta la Licitación Pública Nº 9/78, autorizando a la Corporación Boliviana de Fomento invitar a firmas comerciales para presentar propuestas de acuerdo al Capítulo VIII, “Concurso por Invitación” del Decreto Ley N° 15223, de 30 de diciembre de 1977.

 

Que, efectuada la invitación y luego del estudio de las propuestas por la Comisión Calificadora, la Junta de Licitaciones, en sus reuniones de fechas 26 de octubre y 8 de noviembre de 1978, resolvió adjudicar los contratos de provisión de los bienes licitados en favor de las firmas: IERCOT, el item II relativo a materiales y reactivos químicos, por la suma de $us. 72.838.80.- y a la firma C. Itoh, representada por CIBOLI, el item I relativo a repuestos y accesorios, por la suma de 119.950.000.00 yens japoneses.

 

Que, es necesario dictar la disposición aprobatoria correspondiente, en cumplimiento del Art. 65° del citado Decreto Nº 15223.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase las adjudicaciones efectuadas por la Junta de Licitaciones de la Corporación Boliviana de Fomento para la provisión de repuestos, accesorios, materiales químicos y otros, con destino al reacondicionamiento de sus Ingenios Azucareros de Bermejo en favor de las siguientes firmas autorizándose la suscripción de los respectivos contratos:

 

C. ITOH/CIBOLI, el item I relativo a repuestos y accesorios por la suma de 119.950.000.000 yens japoneses equivalente a $us. 631.581.72 CIF Buenos Aires.

 

IERCOT, el item II correspondiente a materiales y reactivos químicos por la suma de $us. 72.838.80 CIF. Buenos Aires.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del Presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl López Leytón, Hug Céspedes Espinoza, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Hermes Fellmán Forteza, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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