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DECRETO SUPREMO Nº 10254

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Resolución Suprema N° 158367 de 4 de agosto de 1971, se dotó con la superficie de 15.000.000 Has. de tierras fiscales con el nombre de “YANA LOMA”, ubicadas en el cantón Atén, provincia Caupolicán del departamento de La Paz, en favor de Otto Brieger Iñiguez, Emma O. de Tórrez, Germán Canelas, Eva. V. de Oblitas y Rosario O. de Canelas;

 

Que, con la citada Resolución Suprema suscrita por el ex-Presidente de la República Gral. Juan José Torres Gonzalez y el Cnl. Mario Candia Navarro como Ministro de Asuntos Campesinos y Agricultura, se beneficia en forma directa a la esposa del ex-gobernante y otras personas de su familia;

 

Que, la referida dotación de tierras del Estado constituye una flagrante violación de los más elementales principios de ética gubernamental y un prevaricato de quienes aprovechando la función que desempeñaron hicieron uso y exceso de de poder en beneficio de intereses particulares y personales, sin cumplir con los mínimos requisitos legales que establecen las disposiciones fundamentales de la Reforma Agraria.

 

Que, uno de los objetivos del supremo Gobierno Nacionalista es el de rectificar los desaciertos gubernamentales del régimen anterior y restablecer el imperio de la Ley.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se ABROGA la Resolución Suprema Nº 158367 de 4 de agosto de 1971 y se anula la dotación de tierras hechas en favor de Emma O. de Torres y otras personas que fueron favorecidas ilegalmente.

 

El señor Ministro de Estado en el despacho de Asuntos Campesinos y Agricultura queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de mayo de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Edmundo Nogales Ortíz, Hugo Gonzáles Rioja, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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