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DECRETO SUPREMO Nº 10250

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Presupuesto Consolidado del Sector Público, aprobado para la Gestión Fiscal de 1972, sólo consigna la suma de $b. 400.000.- con destino a la ejecución del proyecto de red de almacenamiento para silos de arroz, que será llevado a cabo por el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agricultura, en cooperación con la Corporación Andina de Fomento (CAF);

 

Que, del Convenio total de préstamo destinado a la ejecución de dicho proyecto, suscrito con la Corpiración Andina de Fomento (CAF), que alcanza a $us. 1.300.000.-, durante la gestión vigente, el Gobierno en calidad de aporte local, debe desembolsar la suma de $b. 4.440.000.-;

 

Que, en consecuencia, a fin de cumplir con dicho Convenio, corresponde la aprobación de un Presupuesto Adicional por $b. 4.040.000.-

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agricultura, para su vigencia durante la Gestión Fiscal de 1972, con destino al Programa de Construcción de Silos para Arroz, que se ejecutará en cooperación con la Corporación Andina de Fomento (CAF), de conformidad al siguiente detalle:

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

Fuente

Presupuesto

Adicional

1972

I

 

1.-

 

NACIONALES

 

Tesoro Nacional

 

Total

 

4.040.00

_______

4.040.00

_______

4.040.00

 

 

 

 

EGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

Código

Descripción

Presupuesto

Adicional

1972

400

 

410

 

420

 

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

 

INMOBILIARIOS

 

Otras Construcciones

 

Total

4.040.00

_______

4.040.00

_______

4.040.00

_______

4.040.00

 

 

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Asuntos Campesinos y Agricultura, y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo Gonzalez Rioja, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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