TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO LEY Nº 10192

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la H. Municipalidad de la ciudad de Cochabamba mediante Ordenanza N° 896, de 24 de noviembre de 1971, ha dispuesto la expropiación de un lote de terreno de propiedad de Wálter Gutiérrez G., y cedido gratuitamente en favor del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares, una fracción de terreno de 1.989.75 mts2. ubicado en el manzano Nº 838 de la zona Zarco, de esa ciudad, con destino a la construcción de un establecimiento educacional;

 

Que, es de urgente necesidad proceder a la legalización de tal cesión gratuita, para que pueda disponerse del terreno para la elaboración del proyecto correspondiente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la cesión gratuita efectuada por la H. Municipalidad de Cochabamba, en favor del Consejo Nacional de Edificaciones, Escolares, de un lote de terreno de 1.989.75 mts2, de su propiedad, situado en el manzano N° 838 de la zona “Zarco”, con destino a la construcción de un establecimiento educacional, sobre este terreno y el que en virtud de la misma Ordenanza, se expropiará para este mismo fin, debiendo suscribirse la escritura traslativa de dominio con las formalidades de ley.

 

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos del Interior y de Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de abril de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo González Rioja, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|