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DECRETO SUPREMO Nº 10182

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Decreto Ley Nº 09440 de 4 de noviembre de 1970, establece la nueva estructura económica, financiera y técnica del Banco del Estado que se halla constituída sobre la base de la organización del Departamento del Banco Central de Bolivia;

 

Que, el desarrollo de sus actividades bancarias dentro de la nueva conformación y el propósito de crear nuevas dependencias que le permitan incrementar sus operaciones especialmente al sector agropecuario con recursos provenientes del Fondo de Refinanciamiento Agrícola y otros, hace indispensable que su cuerpo Directivo, tenga una conformación que le permita realizar una labor permanente y de realizaciones inmediatas;

 

Que, para tal objetivo, es necesaria la creación del cargo de Vicepresidente del Directorio del Banco del Estado, designando a una persona de reconocida versación en la materia y de amplia experiencia en cuestiones bancarias.

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnase Vicepresidente del Banco del Estado en representación del Supremo Gobierno, al ciudadano Alvaro Pérez del Castillo, con todas las facultades y atribuciones que le otorgan disposiciones legales en actual vigencia, debiendo ministrarle posesión el señor Presidente del Banco del Estado.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días de mes de abril de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Edwin Rodríguez Aguirre, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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