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DECRETO SUPREMO Nº 18036

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA

TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que mediante Decreto Supremo No 17191 de fecha 31 de enero de 1980 se aprobó las normas relativas a la ejecución, control y evaluación del Presupuesto General de la Nación, en procura de una mejor y más eficiente administración de la Hacienda Pública, para alcanzar los objetivos financieros y monetarios del Gobierno.

 

Que el Capítulo VI Artículos 17o y siguientes adecúan un procedimiento especial en el tratamiento de los “Traspasos de Fondos” que solicitan los diversos organismos dependientes del Gobierno; a través del Ministerio de Finanzas, conforme a la referida Ley Financial.

 

Que el Ministerio de Educación y Cultura, Comité Boliviano del Café, Caja Complementaria de Seguridad Social del Magisterio Fiscal, Fondo Complementario de Comunicaciones, Fondo Complementario de Aduanas, y Fondo Complementario Minero de Seguridad Social, han solicitado traspaso de fondos, a fin de regularizar su ejecución presupuestaria al cierre de la gestión fiscal 1980.

 

Que la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, en uso de sus específicas funciones y atribuciones ha informado favorablemente por las solicitudes, haciéndose viable la procedencia de los referidos traspasos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Educación y Cultura, Comité Boliviano del Café, Caja Complementaria de Seguridad Social del Magisterio Fiscal, Fondo Complementario de Comunicaciones, Fondo Complementario Minero de Seguridad Social para que dentro sus presupuestos de la gstión fiscal 1980, realicen traspaso de fondos con cargo a diferentes recursos y de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

 

CAPITULO II: INVERSION

PROGRAMA 07: ESTUDIOS, ADMINISTRACION Y EJECUCION

DE PROYECTOS EDUCACIONALES

PROYECTO 04: EDUCACION Y CAPACITACION TECNICA

RECURSOS : Crédito Externo (Convenio de Préstamo)

527/SF - BO MEC/BID

DE:

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 4o.ooo.ooo.- -

260 Otros Servicios No Personales 4o.ooo.ooo.- -

262.2 Asignaciones Globales 4o.ooo.ooo.- -

T o t a l: 4o.ooo.ooo.- -

= = = = = = = =

 

A:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 3o.ooo.- -

 

110 Empleados Permanentes 3o.ooo.- -

118.6 Otros por Servicios Personales 3o.ooo.- -

 

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 39.97o.ooo.- -

 

420.6 Construcciones, Reformas é Instalaciones 39.97o.ooo.- -

T o t a l: 4o.ooo.ooo.- -

= = = = = = = =

 

ORGANISMO : COMITE BOLIVIANO DEL CAFE

RECURSOS : INGRESOS DE OPERACION

 

DE:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 82.4oo.- -

 

120.2 Empleados No Permanentes 26.ooo.- -

 

130 Previsión Social 56.4oo.- -

131.2 Aporte Patronal al Seguro Social 56.4oo.- -

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 2.ooo.- -

 

220 Servicios de Transporte y Seguros 2.ooo.- -

222.2 Viáticos 2.ooo.- -

 

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 56.3oo.- -

 

320 Para Usos Varios 56.3oo.- -

327.2 Construcción y Edificación 5o.ooo.- -

328.2 Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores 6.3oo.- -

T o t a l : 14o.7oo.- - = = = = = = =

A:

100 SERVICIOS PERSONALES 84.8oo.- -

 

110 Empleados Permanentes 84.8oo.- -

112.2 Categorías 12.7oo.- -

116.2 Asignaciones Familiares 7oo.- -

118.2 Otros por Servicios Personales 71.4oo.- -

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 53.9oo.- -

 

210 Servicios Básicos 2o.1oo.- -

211.2 Comunicaciones 1o.ooo.- -

214.2 Imprenta 1o.1oo.- -

 

220 Servicios de Transporte y Seguros 15.8oo.- -

221.2 Pasajes 5.5oo.- -

225.2 Seguros 1o.3oo.- -

 

240 Mantenimiento y Reparaciones 15.ooo.- -

243.2 Otros por Mantenimiento y Reparaciones 15.ooo.- -

 

260 Otros Servicios No Personales 3.ooo.- -

261.2 Tributos y Otros Gravámenes 1.ooo.- -

262.2 Asignaciones Globales 2.ooo.- -

 

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 2.ooo.- -

 

320 Para Usos Varios 2.ooo.- -

321.2 Limpieza y Usos Domésticos 2.ooo.- -

T o t a l : 14o.7oo.- -

= = = = = = =

 

ORGANISMO : CAJA COMPLEMENTARIA DE SEGURIDAD

SOCIAL DEL MAGISTERIO FISCAL

CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01: PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

RECURSOS : INGRESOS DE OPERACION

 

DE:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 1oo.ooo.- -

 

110 Empleados Permanentes 1oo.ooo.- -

117.2 Sueldos 1oo.ooo.- -

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 23o.ooo.- -

 

220 Servicios de Transporte y Seguros 5o.ooo.- -

223.2 Fletes y Almacenamientos 5o.ooo.- -

 

230 Alquileres 8o.ooo.- -

232.2 Equipo y Maquinarias 8o.ooo.- -

 

250 Servicios Profesionales y Comerciales 1oo.ooo.- -

252.2 Estudios, Investigaciones y Proyectos 1oo.ooo.- -

 

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 15o.ooo.- -

 

310 Para Oficina 1oo.ooo.- -

311.2 Papelería y Suministros Varios 1oo.ooo.- -

 

320 Para Usos Varios 5o.ooo.- -

323.2 Alimentos 5o.ooo.- -

 

600 RESERVAS 7oo.ooo.- -

 

610.2 Económicos 7oo.ooo.- -

Actuariales 7oo.ooo.- -

T o t a l : 1.18o.ooo.- -

= = = = = = =

A:

100 SERVICIOS PERSONALES 8oo.ooo.- -

 

110 Empleados Permanentes 7oo.ooo.- -

118.2 Otros por Servicios Personales 7oo.ooo.- -

 

120.2 Empleados No Permanentes 1oo.ooo.- -

200 SERVICIOS NO PERSONALES 38o.ooo.- -

 

210 Servicios Básicos 23o.ooo.- -

211.2 Comunicaciones 8o.ooo.- -

213.2 Publicidad 7o.ooo.- -

214.2 Imprenta 8o.ooo.- -

 

260 Otros Servicios No Personales 15o.ooo.- -

 

263.2 Otros Servicios No Personales 15o.ooo.- -

 

T o t a l: 1.18o.ooo.- -

 

 

ORGANISMO : FONDO COMPLEMENTARIO DE

COMUNICACIONES

CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01 : PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RECURSOS : INGRESOS DE OPERACION Y SALDO GESTION ANTERIOR

 

DE:

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 12.ooo.- -

 

210 Servicios Básicos 1o.ooo.- -

213.2 Publicidad 1o.ooo.- -

 

220 Servicios de Transportes y Seguros 2.ooo.- -

221.2 Pasajes 2.ooo.- -

 

600 RESERVAS 176.3oo.- -

 

610.2 Económicas 16o.4oo.- -

 

610.5.2 Económicas 15.9oo.- -

T o t a l : 188.3oo.- -

= = = = = = =

 

A:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 68.ooo.- -

 

110 Empleados Permanentes 68.ooo.- -

112.2 Categorías 65.ooo.- -

116.2 Asignaciones Familiares 3.ooo.- -

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 85.4oo.- -

 

210 Servicios Básicos 53.4oo.- -

211.2 Comunicaciones 8.4oo.- -

212.2 Energía Eléctrica y Agua 5.ooo.- -

214.2 Imprenta 4o.ooo.- -

220 Servicios de Transporte y Seguros 4.ooo.- -

222.2 Viáticos 2.ooo.- -

223.3 Fletes y Almacenamiento 2.ooo.- -

 

250 Servicios Profesionales y Comerciales 2o.ooo.- -

253.2 Comisiones y Gastos Bancarios 2o.ooo.- -

 

260 Otros Servicios No Personales 8.ooo.- -

261.2 Tributos y Otros Gravámenes 8.ooo.- -

 

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 16.ooo.- -

 

310 Para Oficinas 1o.ooo.- -

311.2 Papelería y Suministros Varios 1o.ooo.- -

 

320 Para Usos varios 6.ooo.- -

321.2 Limpieza y Usos Domésticos 3.ooo.- -

322.2 Vestuarios y Textiles 3.ooo.- -

 

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 3.ooo.- -

 

430 Maquinaria y Equipo 3.ooo.- -

436.2 Equipo Educacional y Recreativo 3.ooo.- -

 

500 DEUDA PUBLICA 15.9oo.- -

 

510 Interna 15.9oo.- -

514.5.2 Creditos Reconocidos 15.9oo.- -

----------------

T o t a l : 188.3oo.- -

= = = = = = =

 

 

ORGANISMO : FONDO COMPLEMENTARIO DE ADUANAS

CAPÍTULO I : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA : PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

RECURSOS : INGRESOS DE OPERACION Y SALDO GESTION ANTERIOR

 

DE:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 59.3oo.- -

 

110 Empleados Permanentes 59.3oo.- -

111.2 Haberes Básicos 33.3oo.- -

113.2 Bonificaciones 26.ooo.- -

 

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 3.5oo.ooo.- -

 

410 Inmobiliarios 3.5oo.ooo.- -

412.5.2 Edificios 3.5oo.ooo.- -

 

600 RESERVAS 45.ooo.- -

 

610.2 Económicas 45.ooo.- -

Actuariales 45.ooo.- -

T o t a l : 3.6o4.3oo.- -

= = = = = = =

 

A:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 104.3oo.- -

 

110 Empleados Permanentes 104.3oo.- -

112.2 Categorías 59.3oo.- -

118.2 Otros por Servicios Personales 45.ooo.- -

 

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 3.5oo.ooo.- -

 

440 Activos Financieros 3.5oo.ooo.- -

442.5.2 Préstamos 3.5oo.ooo.- -

----------------

T o t a l : 3.6o4.3oo.- -

= = = = = = =

ORGANISMO : FONDO COMPLEMENTARIO MINERO

DE SEGURIDAD SOCIAL

CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01: PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD

SOCIAL

RECURSOS : INGRESOS DE OPERACION

 

DE:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 16.ooo.- -

 

120.2 Empleados No Permanentes 16.ooo.- -

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 421.ooo.- -

 

210 Servicios Básicos 6o.ooo.- -

212.2 Energía Eléctrica y Agua 6o.ooo.- -

 

220 Servicios de Transporte y Seguros 11.ooo.- -

225.2 Seguros 11.ooo.- -

 

230 Alquileres 25o.ooo.- -

233.2 Otros Alquileres 25o.ooo.- -

 

260 Otros Servicios No Personales 1oo.ooo.- -

261.2 Tributos y Otros Gravámenes 1oo.ooo.- -

 

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 1o.ooo.- -

 

320 Para Usos Varios 1o.ooo.- -

323.2 Alimentos 1o.ooo.- -

 

600 RESERVAS 9oo.ooo.- -

 

610.2 Económicas 9oo.ooo.- -

(Reservas Técnicas) 9oo.ooo.- -

T o t a l : 1.491.ooo.- -

= = = = = = =

 

A:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 51o.ooo.- -

 

110 Empleados Permanentes 51o.ooo.- -

112.2 Categorías 16o.ooo.- -

118.2 Otros por Servicios Personales 35o.ooo.- -

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 7o1.ooo.- -

 

210 Servicios Básicos 14o.ooo.- -

213.2 Publicidad 6o.ooo.- -

214.2 Imprenta 8o.ooo.- -

 

220 Servicios de Transporte y Seguros 11.ooo.- -

223.2 Fletes y Almacenamiento 11.ooo.- -

 

250 Servicios Profesionales y Comerciales 4oo.ooo.- -

252.2 Estudios, Investigaciones y Proyectos 25o.ooo.- -

253.2 Comisiones y Gastos Bancarios 15o.ooo.- -

 

260 Otros Servicios No Personales 15o.ooo.- -

263.2 Otros Servicios No Personales 15o.ooo.- -

 

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 11o.ooo.- -

 

310 Para Oficina 1oo.ooo.- -

311.2 Papelería y Suministros Varios 1oo.ooo.- -

 

320 Para Usos Varios 1o.ooo.- -

325.2 Lubricantes y Combustibles 1o.ooo.- -

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 17o.ooo.- -

 

430 Maquinaria y Equipo 17o.ooo.- -

431.2 Equipo de Oficina y Muebles 17o.ooo.- -

T o t a l : 1.491.ooo.- -

= = = = = = =

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Industria, Comercio y Turismo, y Previsión Social y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y un años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Mario Rolon Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Berascochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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