TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 17241

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Servicio Nacional de Caminos mediante Convocatoria Pública No 25/78, licitó la provisión de Tubos Metálicos Corrugados, con destino al Proyectó Río Yucumo - Puerto Salinas y Ramales a ser adquiridos con fondos del Préstamo concedido por el fondo de Cooperación de Ultramar del Japón;

 

Que en fecha 1º de febrero de 1979, la H. Junta de Licitaciones adjudicó la provisión de 1.199 toneladas métricas de Tubos Metálicos Corrugados, para Alcantarillas, en favor de la firma comercial Mitsubishi Corporation;

Que la aludida adjudicación ha sido aprobada mediante Decreto Supremo No.16453 de fecha 9 de mayo de 1979;

 

Que por tratarse de una adquisición con fondos de crédito otorgado de gobierno a gobierno, corresponde disponer la liberación de impuestos a la importación de ese material.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Complementando el Decreto Supremo No 16453 de fecha 9 de mayo de 1979, se dispone la liberación de todos los impuestos y gravámenes aduaneros, nacionales y destinados, tasas consulares, servicios prestados, timbres para la protocolización de contrato, timbres sobre el monto liberado y demás contribuciones a la importación de 1.199 toneladas métricas de Tubos metálicos Corrugados, cuya provisión ha sido adjudicada a la firma comercial Mitsubishi Corporation con fondos del crédito suscrito con el Fondo de Cooperación de Ultramar del Japón, con destino al Proyecto Río Yucumo - Puerto Salinas y Ramales, cuya ejecución está a cargo del Servicio Nacional de Caminos.

 

El señor Ministro de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de marzo de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. LIDYA GUEILER TEJADA, Julio Garrett Aillón, Jorge Selum Vaca Diéz, Augusto Cuádros Sánchez, Carlos Carrasco Fernandez, Hugo Velasco Rosales, Isaac Sandoval Rodriguez, Oscar Bonifaz Gutierrez, Mario Viscarra, Victor Quinteros Rasguido, Ayda Claros de Bayá, Rene Higueras del Barco, Salvador Pittari, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|