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DECRETO SUPREMO N° 11020
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, en el Departamento de Santa Cruz el industrial y filántropo D. Ramón Darío Gutiérrez Jimenez ha donado al Ministerio de Defensa y al Ejército Nacional la propiedad "Santa Rosita del Paquío", situada en el cantón Warnes, provincia del mismo nombre del indicado departamento, con una extensión de 834 Hts. y 1.638 mts2 con las colindancias indicadas en la escritura de donación a suscribirse;

 

Que, la donación efectuada comprende los terrenos donde se construirá un cuartel modelo, exceptuándose de la donación las plantaciones de caña de azucar y otras efectuadas por la Compañía Industrial Azucarera "San Aurelio" S.A. que debidamente documentada y contabilizada alcanza a la suma de SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO NUEVE, PESOS BOLIVIANOS 53/00 ($b. 767.109.53), que deberán ser cancelados a dicha Empresa mediante un crédito concedido por el "Fondo de Pensiones Complementarias de las FF. AA." en favor del Ejército Nacional, de acuerdo con los términos y condiciones indicados en la escritura correspondiente;

 

Que, tratándose de actos de beneficio en favor del Estado y del Ejército Nacional es necesario determinar la correspondiente liberación de impuestos;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Libérase del pago de impuestos nacionales, departamentales, municipales, de plus valía y timbres, la patriótica donación realizada por el señor Ramón Darío Gutiérrez de la propiedad “San Rosita del Paquío” en favor del Ejercito Nacional, con destino a la construcción de un cuarte modelo e instalaciones agrarias, ganaderas y agroindustriales.

 

ARTÍCULO 2.- Igualmente libérase del pago de impuestos y timbres el préstamo de $b. 767.109.53 otorgado por el Fondo de Pensiones Complementarias de las Fuerzas Armadas.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Walter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Guillermo Fortún Suárez, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Jaime Caballero Tamayo, Julio Prado Salmón, Mario Escobari Guerra.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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