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DECRETO SUPREMO
FUNCION RENTADA.— Reconócese a los funcionarios con más de cinco años de servicios para los efectos de su inscripción en el Escalafón del Ministerio de Relaciones Exteriores.
MINISTERIO DE RR. EE.
ENRIQUE PEÑARANDA C.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
CONSIDERANDO:
Que es necesario fijar los alcances del art. 29° del Estatuto Orgánico del Servicio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1939, en cuanto establece la obligación para el Ministerio de Relaciones Exteriores para proveer de función rentada al funcionario que cesara por causas no imputables a él;
Que es del mismo modo necesario establecer la coordinación entre este artículo, el 64 del Propio Estatuto y las disposiciones del último Decreto Reglamentario de Calificaciones del Servicio de Relaciones Exteriores de 9 de noviembre de 1940;
Que, por último, es preciso introducir una distinción precisa en cuanto al derecho que asiste a los funcionarios de carrera y los que no lo son para exigir del Ministerio su conservación dentro del servicio;
DECRETA:
Artículo 1°.— En conexión con el artículo 64 del Estatuto Orgánico del servicio de Relaciones Exteriores, sólo a los funcionarios con mas de cinco años de servicios, continuos o discontinuos, se les reconoce el derecho de exigir la función rentada de que habla el artículo 29 cuando hubieren cesado por causa que no les fuera imputable y siempre que en el Ministerio existen cargos vacantes.
Artículo 2°.— La disposición del art. 13° del Reglamento de Calificaciones del Servicio de Relaciones Exteriores, de 9 de noviembre de 1940, que indica que únicamente podrá pedirse la calificación después de tres años de servicios, no implica la inclusión en el Escalafón, para ingresar al cual se requiere cinco años de servicios, continuos o discontinuos La calificación a los tres años no es sino el cómputo de antigüedad con referencia al derecho de ser incluído o no en dicho Escalafón.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto queda encargado de dar cumplimiento al presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de marzo de mil novecientos cuarentiun años.
GRAL. PEÑARANDA.— A. Ostria Gutiérrez.— Edmundo Vásquez. C. Blanco Galindo.— Gral. Ramos.— Joaquín Espada.— Gustavo Adolfo Otero.— Oscar Mariaca Pando.— A. Ibáñez Benavente.
ES CONFORME:
Guillermo Francovich,
Subsecretario de Relaciones Exteriores.
TEXTO DE CONSULTA
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