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DECRETO SUPREMO
EXPROPIACION.— Ordénase la de los terrenos adyacentes al lugar donde se construirá la Escuela. Normal Rural de Santiago de Huata.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
ENRIQUE PEÑARANDA C.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
CONSIDERANDO:
Que la Escuela Normal Rural de Santiago de Huata, precisa ampliar su local y destinar parte de sus tierras para campos de experimentación agropecuaria;
Que delante del terreno destinado para su nueva edificación existen lotes que dificultarían el paso a la Escuela o darán lugar a servidumbres litigiosas;
DECRETA:
Artículo 1°.— Decláranse de necesidad y utilidad públicas las sayañas o terrenos que quedan delante del lugar donde ha de edificarse la Escuela Normal Rural de Santiago de Huata y que pertenecen a los siguientes propietarios: Juan de Dios Pari, Justina de Mollinedo, Santiago Kenta, José María Balboa, José Parí, Andrés Durán, Paz Salas Machicado, Petrona Parí, Isacc Roque, Rufino Limachi.
Artículo 2°.— Si a tiempo de efectuarse la mensura de los terrenos, fuese innecesaria la inclusión de otros, de cuyos propietarios no se especifica los nombres, surtirá los mismos efectos para la expropiación el presente Decreto.
Artículo 3°.— La Prefectura del Departamento de La Paz, se ocupará de hacer cumplir las disposiciones de la Ley de 30 de diciembre de 1884 para los efectos de las expropiaciones mencionadas.
El señor Ministro de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de marzo de mil novecientos cuarentiun años.
GRAL. PEÑARANDA.— Gustavo Adolfo Otero.
ES CONFORME:
José Montero Justiniano,
Oficial Mayor de Educación.
TEXTO DE CONSULTA
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