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LEY
REMATE.— Autorízase el de lossitios existentes entre las calles Cleómedes Blanco y Pacheco de Quillacollo.
ENRIQUE PEÑARANDA C.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1°.— Se autoriza a la Alcaldía Municipal de Quillacollo y a la Prefectura de Cochabamba, respectivamente, para que procedan a la venta, en pública subasta, de los sitios existentes entre las calles Cleòmedes Blanco y pacheco de la ciudad de Quillacollo, propios de la Municipalidad y del Estado.
Artículo 2°.—El rendimiento de dichas ventas se destina a la conclusión del Teatro en construcción en la ciudad de Quillacollo y compra de muebles para el mismo.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 14 de febrero de 1941
A. Galindo.— Rafael de Ugarte.— Prof. C. Beltrán Morales, Senador Secretario.— F. Carriles, Senador Secretario — F. Flores J., Diputado Secretario. .— E. del Portillo, Diputado Secretario ad hoc.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 19 días del mes de febrero de mil novecientos cuarentiun años.
GRAL. PEÑARANDA.— Gral Ramos.
TEXTO DE CONSULTA
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